¿Es ilegal cultivar maíz genéticamente modificado?
Base legal: “Reglamento sobre la Gestión de Seguridad de Organismos Agrícolas Modificados Genéticamente”
Artículo 16 Las unidades dedicadas a experimentos con organismos agrícolas genéticamente modificados podrán, una vez finalizados los experimentos productivos, informar al director administrativo agrícola del Consejo de Estado El departamento solicita la obtención de un certificado de seguridad para organismos agrícolas genéticamente modificados.
Al presentar la solicitud prevista en el párrafo anterior, la unidad experimental deberá proporcionar los siguientes materiales:
(1) El nivel de seguridad de los organismos agrícolas genéticamente modificados y las bases para determinar la seguridad. nivel;
(3) Informe resumido de pruebas productivas;
(3) Materiales de prueba, métodos de prueba y otros materiales especificados por el departamento administrativo agrícola municipal del Consejo de Estado.
Después de recibir la solicitud, el departamento administrativo agrícola del Consejo de Estado confiará a una institución de pruebas técnicas las condiciones y capacidades de prueba para realizar pruebas y organizar una evaluación de seguridad de organismos agrícolas genéticamente modificados solo cuando la evaluación de seguridad; está calificado, se puede emitir un certificado de seguridad de organismo agrícola genéticamente modificado.
Artículo 17 Semillas de plantas, ganado y aves de corral genéticamente modificados, plántulas acuáticas, semillas, ganado y aves de corral reproductoras, plántulas acuáticas, pesticidas, medicamentos veterinarios y fertilizantes producidos por organismos agrícolas genéticamente modificados o que contengan ingredientes de origen agrícola. Los organismos y aditivos genéticamente modificados deberán obtener el certificado de seguridad para organismos agrícolas genéticamente modificados de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de este Reglamento antes de que puedan ser revisados, registrados, evaluados y aprobados de conformidad con las disposiciones de las leyes y reglamentos administrativos pertinentes.