¿Es necesario certificar ante notario el poder?
Si un tutor no puede desempeñar sus deberes tutelares por cualquier motivo dentro de un determinado período de tiempo, podrá encomendar parte o la totalidad de sus deberes tutelares a otros.
Su hija fue a Australia para realizar unas prácticas de verano y el tutor no puede realizar sus tareas de tutela. Durante este período, para proteger mejor la seguridad personal y otros derechos e intereses legítimos de los menores, la embajada generalmente requerirá que el tutor del menor firme un poder, confíe la tutela a otra persona (o institución) y certifique ante notario el Poder legal.
La notarización de la carta de custodia se refiere a la actividad del notario para certificar la autenticidad y legalidad del acto de firmar la carta de custodia con base en la solicitud de las partes. Para certificar ante notario el poder de tutela, el tutor debe acudir personalmente a la notaría y firmar el poder ante el notario. En circunstancias normales, es necesario presentar el documento de identidad del tutor, el registro del hogar, el comprobante de parentesco con el pupilo, el documento de identidad del pupilo, un poder redactado, etc. El contenido del poder debe incluir los datos básicos del tutor, del tutelado y del tutor encomendado, los asuntos y período de la tutela encomendada, etc.
Cabe señalar que incluso si los padres de un menor están divorciados, todavía tienen derechos de custodia legal. Por lo tanto, al confiar la custodia a un tercero, ambas partes deben firmar un poder. Además, cuando un menor va al extranjero a estudiar solo, o viaja al extranjero o visita a familiares con alguien que no sea su tutor, la embajada o la agencia pertinente normalmente exigirá que el tutor del menor certifique ante notario la carta de tutela.