¿Se puede condenar a prisión a los fans de niños ilegítimos?
La venta de 1,20 gramos de polvo blanco constituye delito de tráfico de drogas. Según la ley, la pena es: quince años de prisión, cadena perpetua o muerte, con confiscación de bienes. La pena específica que se puede imponer depende de las circunstancias específicas del caso. Por ejemplo, 50 gramos no pueden castigarse con la muerte, pero es probable que se castiguen con la muerte mucho más de 50 gramos (como 1.000 gramos). Si concurren circunstancias como cobertura armada o participación en una organización internacional de tráfico de drogas, se podrá imponer la pena de muerte si la cantidad no supera los 50 gramos. Artículo 347 de la Ley Penal: El que contrabandee, venda, transporte o fabrique drogas, cualquiera que sea la cantidad, será penalmente responsable y sancionado. El que contrabandee, venda, transporte o fabrique drogas en cualquiera de las siguientes circunstancias, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de quince años, cadena perpetua o muerte, y también se le confiscarán bienes: (1) Contrabando, vender, transportar o fabricar películas de rayos X que superen el kilogramo, películas de rayos X u otras drogas que superen los 50 gramos en cantidades relativamente grandes (2) Líderes de grupos de contrabando, venta, transporte y fabricación de drogas; por contrabando, venta, transporte y fabricación de drogas; (4) ) Resistirse a la inspección, detención o arresto con violencia, si las circunstancias son graves; (5) Participar en actividades organizadas de tráfico internacional de drogas; Quien contrabandee, venda, transporte o fabrique películas de rayos X de más de 200 gramos pero menos de un kilogramo, películas de aminas de rayos X de más de 10 gramos pero menos de 50 gramos, u otras drogas en grandes cantidades, será sancionado con pena de prisión. pena privativa de libertad no menor de siete años y multa. Quien contrabandee, venda, transporte o fabrique películas de rayos X de menos de 200 gramos, películas de rayos X de menos de 10 gramos, películas de amina X u otras pequeñas cantidades de estupefacientes, será castigado con pena privativa de libertad no superior a 200 gramos. de tres años, detención penal o vigilancia pública, y también será multado si las circunstancias son graves, será condenado a pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de siete años, y también será multado;