¿Puede un niño reclamar una indemnización después de haber sido agredido sexualmente?
La “Ley Penal” sólo limita la materia del delito de violación a las mujeres, y no regula legalmente las relaciones sexuales forzadas con hombres. Según el principio de no delito, a menos que lo establezca expresamente la ley, "violar" a un hombre no constituye un delito y ciertamente no constituye violación. Si el perpetrador confundió al hombre con la mujer y comenzó a cometer una violación y completó la "violación", no constituye un delito de violación. Al investigar casos en los últimos años, la mayoría de las sentencias judiciales fueron "daño intencional". Si no se puede cometer una violación porque el objetivo es un hombre, la condena es por intento de violación. Considerando las circunstancias de ese momento, si la lesión fue intencional, no habría intento criminal. La intención de causar un daño grave era obvia y el acto de causar un daño grave ya había comenzado. El incumplimiento por motivos distintos a la voluntad será tratado como lesión grave intencionada (intento).
Base Legal
El artículo 237 de la Ley Penal impondrá pena privativa de libertad no superior a cinco años o prisión preventiva penal.
El que reúna multitud para pelear en un lugar público o cometa el delito del párrafo anterior, o concurra otras circunstancias graves, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de cinco años.
Quienes abusen de niños serán severamente castigados de conformidad con lo dispuesto en los dos párrafos anteriores.