¿Es válido el acuerdo de no competencia si la empresa no paga después de abandonar la empresa?
El acuerdo de no concurrencia es válido si la empresa no paga después de abandonar la empresa. Sin embargo, si el empleador no paga una compensación financiera a la parte interesada, se trata de un incumplimiento de contrato y no afecta la efectividad de la restricción de no competencia. El empleado puede solicitar al empleador que pague una compensación financiera.
El pacto de no competencia efectivo suscrito entre el empresario y el trabajador es un contrato bilateral, el empresario tiene la obligación de pagar una compensación económica mensualmente, y el trabajador tiene la obligación de no competir. La compensación económica que recibe el trabajador es la principal fuente de sustento del trabajador durante el período de cumplimiento de la restricción de no competencia.
Si por razones del empresario no paga al trabajador la compensación económica prevista en el contrato, la conducta del empresario constituye un incumplimiento esencial del contrato. Si una parte del empleador incurre en incumplimiento esencial del contrato, la otra parte gozará del derecho legal de rescisión.
Base legal: Artículo 23 de la "Ley de Contrato de Trabajo de la República Popular China"
Obligaciones de confidencialidad y restricciones de no competencia. Los empleadores y empleados pueden estipular en el contrato de trabajo Acordar guardar los secretos comerciales del empleador y las cuestiones de confidencialidad relacionadas con los derechos de propiedad intelectual.
Para los empleados que tienen obligaciones de confidencialidad, el empleador puede acordar cláusulas de no competencia con el empleado en el contrato laboral o acuerdo de confidencialidad, y acordar que después de que se rescinda o rescinda el contrato laboral, la no competencia El período será una compensación financiera que se otorgará a los trabajadores mensualmente dentro del período. Si un empleado viola el acuerdo de no competencia, deberá pagar una indemnización al empleador según lo acordado.