Características específicas del poder legislativo tributario
El poder legislativo tributario es una parte importante del poder legislativo nacional y se refiere al poder de las agencias gubernamentales para formular, promulgar, implementar, modificar, complementar y abolir regulaciones tributarias de acuerdo con ciertos procedimientos. El amplio poder legislativo tributario también debería incluir el poder de interpretar las leyes tributarias, porque cualquier ley tributaria sólo puede ser interpretada por la legislatura o los organismos encargados de hacer cumplir la ley autorizados. Constituye el poder tributario junto con el poder administrativo tributario y el poder judicial tributario. Entre los poderes legislativos, administrativos y judiciales en materia tributaria, el poder legislativo en materia tributaria es el poder más básico y original. Es la premisa y base para la existencia de los poderes administrativos y judiciales en materia tributaria. La división y descentralización razonable del poder tributario es. su contenido central. La potestad legislativa tributaria tiene las siguientes características: 1. Es un poder legislativo especial. La ley tributaria es una norma jurídica utilizada específicamente para ajustar la relación entre la recaudación y el pago de impuestos, y el poder legislativo tributario puede estandarizar el sistema legal tributario. 2. Es la potestad suprema entre las potestades tributarias. El poder legislativo en materia tributaria es la premisa de todos los poderes en todo el poder tributario, y su ejercicio es generalmente vinculante para el poder administrativo tributario y el poder judicial tributario.
3. Es extenso. Incluye no sólo el derecho a redactar, revisar, votar, aprobar y publicar normas tributarias, sino también el derecho a modificar, complementar, interpretar, abolir y ajustar las normas tributarias.
4. Es integral. Además de la ley sustantiva tributaria y la ley de procedimiento tributario, también incluye la ley tributaria básica y la ley de organización tributaria, la ley de protección de los derechos del contribuyente, la ley de procedimiento tributario y la ley de gestión de facturas. incluyendo así la facultad de dictar las leyes antes mencionadas.