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¿Los acuerdos escritos en privado son legalmente vinculantes?

Subjetividad Legal:

Los acuerdos firmados de forma privada son legalmente vinculantes. Sin embargo, deberán cumplirse las siguientes condiciones: 1. El contenido del acuerdo no viola las disposiciones obligatorias de las leyes y reglamentos. 2. El contenido del acuerdo no viola el orden público y las buenas costumbres. 3. El acuerdo no infringe los intereses de terceros y países. 4. Ambas partes en el acuerdo deberán ser personas con plena capacidad para la conducta civil. Un contrato establecido conforme a la ley surtirá efectos desde el momento de su celebración, salvo que la ley disponga otra cosa o las partes acuerden otra cosa.

Objetividad jurídica:

Artículo 502 del Código Civil: Un contrato establecido conforme a la ley surtirá efectos desde el momento de su celebración, salvo disposición legal o pacto en contrario. por las partes. De conformidad con lo dispuesto en las leyes y reglamentos administrativos, si el contrato necesita ser aprobado, prevalecerá lo dispuesto. Si la falta de aprobación y otros procedimientos afecta la validez del contrato, no afectará el cumplimiento de las cláusulas de aprobación y otras obligaciones del contrato ni la validez de las cláusulas pertinentes. Si la parte que debe pasar por los procedimientos de aprobación no cumple con sus obligaciones, la otra parte podrá exigirle que asuma la responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones. La modificación, transmisión y resolución del contrato estarán sujetas a aprobación de conformidad con lo dispuesto en las leyes y reglamentos administrativos y se aplicará lo dispuesto en el párrafo anterior.