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Interpretaciones Judiciales sobre la Producción y Comercialización de Alimentos Tóxicos y Peligrosos

Interpretaciones del Tribunal Popular Supremo y la Fiscalía Popular Suprema sobre varias cuestiones relativas a la aplicación específica de la ley en el tratamiento de casos penales por producción y venta de productos falsificados y de calidad inferior (2001.4.5 Interpretación jurídica [2006 54 38+0] No. 654 38+ 00).

Artículo 5: Se considerará que "provoca consecuencias para la salud humana" cualquier alimento venenoso o nocivo producido o comercializado que cause lesiones leves, lesiones graves u otras consecuencias graves después de su consumo, según lo estipula el artículo 144 de la Ley Penal. Derecho.

Los alimentos tóxicos y nocivos producidos y comercializados que causen discapacidad grave, tres o más lesiones graves, diez o más lesiones leves u otras consecuencias especialmente graves tras su consumo se considerarán "peligros especialmente graves para la salud humana". ".

Artículo 9 Sabiendo o debiendo saber que otros están cometiendo el delito de producir o vender mercancías falsificadas o de calidad inferior, otorgarles préstamos, fondos, números de cuentas, facturas, certificados, licencias, o proporcionarles producción y locales comerciales, transporte, almacenamiento, Quienes proporcionen condiciones convenientes para el almacenamiento y envío postal, o proporcionen tecnología de falsificación, serán sancionados por el delito de producción y venta de mercancías falsificadas y de mala calidad.

Artículo 10 Quien cometa el delito de producción y venta de mercancías falsificadas e inferiores, que también constituye otros delitos como infracción de derechos de propiedad intelectual, operaciones comerciales ilegales, etc., será condenado y sancionado de conformidad con las disposiciones sobre penas más severas.

Artículo 11. El que comete un delito previsto en los artículos 140 a 148 de la Ley Penal y se niega a ser investigado y sancionado mediante violencia o amenazas, constituyendo por ello otros delitos, será sancionado conforme a La pena concurrente por varios delitos. Especificar penas.

Artículo 12 Todo funcionario de agencia estatal que participe en el delito de producción o venta de mercancías falsificadas o de calidad inferior será severamente castigado.

[Circunstancias graves]

Quien constituya este delito y el artículo 140 del "delito de producción y venta de productos falsificados e inferiores" será condenado y sancionado conforme a las disposiciones de las leyes más graves. sanciones. (Artículo 149, párrafo 2, de la Ley Penal)