Describa brevemente la composición de las relaciones jurídicas
Relación jurídica es una relación social que se establece con base en normas jurídicas. Esta proposición explica al menos tres cuestiones:
Primero, las normas jurídicas son la premisa de las relaciones jurídicas. Sin las correspondientes normas jurídicas no puede haber relación jurídica.
En segundo lugar, las relaciones jurídicas son diferentes de las relaciones sociales mismas reguladas o protegidas por normas jurídicas. Las relaciones sociales son un sistema enorme, algunas de las cuales están reguladas por la ley (como las relaciones políticas, las relaciones económicas, las relaciones administrativas, etc.), mientras que otras no están reguladas por la ley o no deberían estar reguladas por la ley (como las relaciones de amistad, relaciones amorosas, etc.) relaciones dentro de partidos y asociaciones políticas), y algunas son objeto de protección legal.
Estas relaciones sociales protegidas no pertenecen a relaciones jurídicas en sí mismas (por ejemplo, las relaciones protegidas por el derecho penal no son iguales a las relaciones jurídicas penales). Incluso aquellas relaciones sociales reguladas por leyes y reglamentos no pueden considerarse relaciones jurídicas. Por ejemplo, las relaciones civiles (relaciones de propiedad, relaciones de identidad) tienen una naturaleza jurídica, y sólo después del ajuste por el derecho civil (es decir, el mecanismo operativo de la legislación, la aplicación de la ley y el cumplimiento de la ley) pueden convertirse en una relación jurídica (civil). relación jurídica).
En tercer lugar, las relaciones jurídicas son la forma de realización de las normas jurídicas, y el contenido de las normas jurídicas (patrones de comportamiento y sus consecuencias) se implementan en la vida social real. En otras palabras, las personas ejercen sus derechos y cumplen con sus obligaciones de acuerdo con los requisitos de las normas jurídicas, creando así una conexión jurídica específica. Esta conexión jurídica es a la vez una relación jurídica y el estado de realización de las normas jurídicas.
En este sentido, las relaciones jurídicas son relaciones jurídicas (jurídicas) entre personas. Ésta es la diferencia fundamental entre ésta y otras relaciones sociales.