Describa brevemente que el comportamiento competitivo de los vendedores de comercio electrónico debe ser legal.
Subjetividad jurídica:
Para determinar la responsabilidad jurídica por infracción marcaria, primero debemos determinar los elementos constitutivos de la infracción. En esencia, no existe una diferencia fundamental entre la identificación de la infracción de marca en el comercio electrónico y la infracción de marca tradicional. En comparación con el comercio tradicional, el comercio electrónico sólo cambia una forma de transacción. Sin embargo, la infracción de marca en el comercio electrónico es, después de todo, un nuevo tipo de infracción de marca y sus elementos constitutivos incluyen principalmente los siguientes aspectos: 1. Infracción. Se refiere al comportamiento de individuos u organizaciones que infringen los derechos legítimos de marca de otros en actividades de comercio electrónico. Este comportamiento incluye tanto acción como omisión. El primero incluye el uso no autorizado de marcas registradas de otras personas como nombres de dominio como se mencionó anteriormente, o el registro malicioso de marcas comerciales, nombres comerciales u otros logotipos conocidos sobre los que otros tienen derechos como marcas propias. El segundo incluye operadores de tableros de anuncios electrónicos que. cargar libremente marcas comerciales conocidas a otros. Se ignora el comportamiento del logotipo. La infracción de los derechos de marca en las actividades de comercio electrónico es diversa y compleja. Puede ser una infracción directa o una infracción indirecta, puede ser una infracción por parte de una sola persona o puede ser una infracción por parte de un gran número de personas. . 2. Resultados de daños. No hay responsabilidad si no hay daño, y el resultado del daño es uno de los elementos que constituye un agravio civil. Los resultados de daño en el entorno de Internet se refieren a ciertas conductas nocivas que provocan la reducción o pérdida de los intereses legítimos del titular de la marca, daño a la visibilidad de la marca, dilución de la marca y reducción del valor de la marca, lo que finalmente dañará la marca. bienes o servicios proporcionados por el valor del titular de la marca. 3. Causa y efecto. La causalidad se refiere a la relación objetiva entre la conducta infractora del infractor y los resultados del daño causado a la víctima. En las actividades de comercio electrónico, la causalidad significa que la infracción de los derechos de marca conduce directa o indirectamente a la aparición de un daño. Sólo cuando existe una conexión inherente e inevitable entre la infracción del actor y el daño, se le puede exigir al actor que lo haga. Asumir la responsabilidad legal. 4. Falta subjetiva. Se ha discutido anteriormente que el principio de responsabilidad por infracción de marca en el comercio electrónico es principalmente el principio de responsabilidad por culpa. Por lo tanto, en la determinación de la responsabilidad por infracción de marca en el comercio electrónico, el elemento de culpa es uno de los importantes y necesarios. elementos que requieren que el autor tenga intención intencional o subjetiva, es decir, solo aquellos que sabían o deberían haber sabido que su comportamiento infringía los derechos de marca de otros y aun así lo llevaron a cabo o con el propósito de buscar beneficios ilegales. considerado legalmente responsable. Esto se hace para proteger los derechos e intereses legítimos de quienes usan las marcas razonablemente en el comercio electrónico y para promover el rápido desarrollo del comercio electrónico. Tomemos como ejemplo la Ley de Protección al Consumidor Anti-Cybersquatting recientemente promulgada en los Estados Unidos. Entre las tres condiciones enumeradas para una disputa exitosa, la mala fe del propietario del nombre de dominio es un factor crucial.