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¿Los derechos de propiedad intelectual y los derechos de autor son el mismo concepto?

Análisis jurídico: Los derechos de autor son derechos de autor, que se refieren a los derechos que disfrutan los autores de obras literarias, artísticas y científicas sobre sus obras, incluidos los derechos de propiedad y los derechos personales. Los derechos de autor son un tipo de propiedad intelectual que consiste en obras de ciencias naturales, ciencias sociales y literatura, música, teatro, pintura, escultura, fotografía y cinematografía. Los derechos de propiedad intelectual, también conocidos como derechos de propiedad intelectual, se refieren a los derechos de propiedad que disfrutan los obligantes sobre los resultados de su trabajo intelectual, que generalmente solo son válidos por un período de tiempo limitado. Diversas creaciones intelectuales, como invenciones, obras literarias y artísticas, así como logotipos, nombres, imágenes y diseños utilizados en el comercio, pueden considerarse derechos de propiedad intelectual propiedad de una persona u organización. Los derechos de autor son un tipo de propiedad intelectual y los derechos de autor pertenecen a la propiedad intelectual. Los derechos de propiedad intelectual incluyen principalmente derechos de autor, derechos de marca y derechos de patente.

Base legal: "Ley de Derecho de Autor de la República Popular China" Artículo 10 Los derechos de autor incluyen los siguientes derechos personales y de propiedad:

(1) Derecho de publicación, que determina si el la obra se hace pública Derechos;

(2) El derecho de firma, es decir, el derecho a indicar la identidad del autor y firmar la obra;

(3) El derecho de modificación, es decir, el derecho a modificar o autorizar a otros a modificar la obra

(4) El derecho a proteger la integridad de la obra, es decir, el derecho a proteger la obra de distorsiones y manipulación;

(5) El derecho a reproducir, es decir, el derecho a imprimir, copiar, frotar, grabar. El derecho a hacer una o más copias de la obra mediante grabación de video, extracción, repetición. fotografía, etc.;

(6) Derecho de distribución, es decir, el derecho a proporcionar el original o copias de la obra al público vendiéndola o donándola;

(7 ) Derechos de alquiler, es decir, el derecho a conceder licencias a otros para que utilicen temporalmente obras cinematográficas y obras creadas con métodos similares a la realización cinematográfica, y software de computadora por una tarifa, excepto que el software de computadora no sea el objeto principal del arrendamiento;

(8) Derechos de exhibición, es decir, el derecho a exhibir públicamente originales o copias de obras de arte y obras fotográficas;

(9) Derechos de interpretación, es decir, ejecutar obras públicamente y transmitirlas públicamente por diversos medios El derecho a ejecutar obras;

(10) Derechos de proyección, es decir, el derecho a reproducir públicamente arte, fotografía, películas y obras creadas por métodos similares a la realización cinematográfica a través de proyectores, proyectores de diapositivas y otros equipos técnicos;

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(11) Derechos de radiodifusión, es decir, el derecho a transmitir o difundir públicamente obras por medios inalámbricos, a difundir obras transmitidas al público mediante difusión por cable o retransmisión, y a transmitir símbolos, sonidos e imágenes a través de altavoces u otros medios. El derecho a difundir al público obras radiodifundidas a través de herramientas similares;

(12) El derecho a la difusión de información en redes, es decir, proporcionar la obra al público a través de medios alámbricos o inalámbricos, para que el público pueda utilizarla en el momento y lugar de su elección personal. El derecho a obtener la obra;

(13) Derecho de filmación, es decir , el derecho a fijar la obra en un soporte haciendo una película o utilizando un método similar a hacer una película;

(14) El derecho de adaptación, es decir, el derecho a cambiar la obra y crear una nueva obra original;

(15) El derecho de traducción, es decir, el derecho a convertir la obra de un idioma a otro;

(16) El derecho de compilación, que es decir, el derecho a ensamblar obras o fragmentos de obras en nuevas obras mediante selección o arreglo

(17) Otros derechos que debe disfrutar el propietario de los derechos de autor;

El titular de los derechos de autor podrá permitir que otros ejerzan los derechos especificados en los puntos (5) a (17) del párrafo anterior, y reciban una remuneración de conformidad con el acuerdo o las disposiciones pertinentes de esta Ley. El propietario de los derechos de autor podrá transferir total o parcialmente los derechos especificados en los puntos (5) a (17) del párrafo 1 de este artículo y recibir una remuneración de conformidad con el acuerdo o las disposiciones pertinentes de esta Ley.