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Disposiciones sobre pagos de seguridad social en la "Ley del Seguro Social"

Las regulaciones para este pago de seguridad social son las siguientes:

1. El empleador deberá registrar el seguro social de los empleados dentro de los 30 días siguientes a la fecha de empleo. Si no se realiza el registro en el seguro social, la agencia del seguro social determinará las primas del seguro social a pagar.

2. Si el empleador no paga las primas del seguro social en su totalidad y a tiempo, la agencia de recaudación de primas del seguro social le ordenará que pague dentro de un plazo o recupere el monto. Durante el período del seguro complementario, la agencia de recaudación de las primas del seguro social dependerá de las circunstancias de la empresa.

3. Si el pago de la seguridad social excede un período determinado, se exigirán cargos por demora e intereses. Según la normativa vigente, la empresa pagará una comisión por pago atrasado de 0,5 por día desde la fecha del incumplimiento hasta el día anterior al anuncio por parte del empleador del pago exitoso.