¿Cuál es la edad de jubilación de los mineros del carbón?
Base jurídica: Medidas provisionales para la jubilación de los trabajadores Artículo 1 Se jubilarán los trabajadores de empresas e instituciones de propiedad popular, agencias del partido y del gobierno y organizaciones de masas que cumplan una de las siguientes condiciones.
(1) Los hombres deben tener más de 60 años, las mujeres deben tener más de 50 años y haber trabajado continuamente durante diez años.
(2) Quienes realizan trabajos físicos subterráneos, a gran altitud, a altas temperaturas, particularmente pesados u otros trabajos nocivos para la salud, hombres mayores de cincuenta y cinco años, mujeres mayores de cuarenta y cinco años. de edad, y tener diez años consecutivos de servicio.
Esta disposición también se aplica a los cuadros de base cuyas condiciones laborales sean las mismas que las de los trabajadores.
(3) El hombre tiene más de cincuenta años, la mujer tiene más de cuarenta y cinco años, ha trabajado continuamente durante diez años y ha sido certificado por el hospital y confirmado por el comité de valoración laboral. y ha perdido por completo la capacidad de trabajar.
(4) Incapacitado para el trabajo, certificado por el hospital y confirmado por el comité de valoración laboral, perdiendo completamente la capacidad para trabajar.