¿Cuáles son los tres programas principales y los diez sistemas principales para la prevención y el control de epidemias?
1. Plan de trabajo escolar para la prevención y control de epidemias.
2. Plan diario de prevención y control de epidemias.
3. Plan de emergencia para la prevención y control de epidemias.
Diez sistemas principales:
1.
2. Sistema de tratamiento de emergencia.
3. Sistema de inspección matinal y vespertino para profesores y alumnos.
4. Sistema de limpieza y desinfección.
5. Sistema de educación sanitaria.
6. Sistema de seguimiento y registro de ausencias.
7. Sistema de procesamiento centralizado de mascarillas desechadas.
8. Sistema de gestión de información de salud de profesores y alumnos.
9. Sistema de prevención y control de epidemias.
10. Sistema de inspección del certificado de reanudación de clases.
Base jurídica: “Ley de la República Popular China sobre Prevención y Control de Enfermedades Infecciosas”
Artículo 38: El estado establece un sistema de divulgación de información sobre epidemias de enfermedades infecciosas.
El departamento de administración de salud del Consejo de Estado publica periódicamente información sobre la situación epidémica de enfermedades infecciosas en todo el país. Los departamentos administrativos de salud de los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central publican periódicamente información sobre la situación epidémica de enfermedades infecciosas dentro de sus respectivas regiones administrativas.
Cuando una enfermedad infecciosa estalla o se vuelve prevalente, el departamento administrativo de salud del Consejo de Estado es responsable de anunciar al público la situación epidémica de las enfermedades infecciosas, y puede autorizar a los departamentos administrativos de salud de los gobiernos populares. de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central para anunciar al público la situación epidémica de las enfermedades infecciosas en sus respectivas regiones administrativas.
La información sobre epidemias de enfermedades infecciosas debe divulgarse con prontitud y precisión.
Reglamento sobre Respuesta a Emergencias de Salud Pública
Artículo 11 El plan nacional de respuesta a emergencias incluirá los siguientes contenidos principales:
(1) La composición del sede de emergencia y responsabilidades de los departamentos pertinentes;
(2) Monitoreo y alerta temprana de emergencias;
(3) Sistema de recopilación, análisis, generación de informes y notificación de información de emergencias;
(4) Tecnología de respuesta a emergencias e instituciones de monitoreo y sus tareas;
(5) Clasificación de emergencias y plan de trabajo de respuesta a emergencias;
(6) Prevención de emergencias, control in situ , instalaciones de emergencia, equipos, medicamentos de tratamiento y equipos médicos, y la reserva y envío de otros materiales y tecnologías;
(7) Construcción y capacitación de equipos profesionales de respuesta a emergencias.
Artículo 19: El Estado establece un sistema de notificación de emergencias.
El departamento administrativo de salud del Consejo de Estado debe formular estándares de notificación de emergencias y establecer un sistema de notificación de información sobre epidemias importantes y de emergencia.
En caso de cualquiera de las siguientes circunstancias, los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central deberán informar al departamento administrativo de salud del Consejo de Estado dentro de 1 hora después de recibir el informe. :
(1) Brote de enfermedades infecciosas, ha ocurrido o puede ocurrir una epidemia;
(2) ocurren o se descubren enfermedades masivas inexplicables;
(3 ) Cepas de virus infecciosos y pérdida de virus;
(4) Han ocurrido o pueden ocurrir incidentes importantes de intoxicación alimentaria y ocupacional.
Para emergencias que puedan causar un impacto social importante, el departamento administrativo de salud del Consejo de Estado informará inmediatamente al Consejo de Estado.