Red de Respuestas Legales - Directorio de abogados - La convocatoria de la junta general extraordinaria de accionistas de la sociedad anónima

La convocatoria de la junta general extraordinaria de accionistas de la sociedad anónima

1. Sociedad de responsabilidad limitada: Si accionistas que representen más de una décima parte de los derechos de voto, más de un tercio de los directores, el consejo de supervisión o los supervisores de una sociedad sin consejo de supervisión proponen convocar una reunión temporal, se celebrará una reunión temporal.

2. Sociedad anónima: Si concurre alguna de las siguientes circunstancias, deberá celebrarse una junta general extraordinaria de accionistas en el plazo de dos meses:

1. que el número especificado en esta ley o la empresa dos tercios del número de personas especificadas en el estatuto.

2. Cuando las pérdidas no recuperadas de la sociedad alcancen la tercera parte del capital social desembolsado.

1. ¿Cuáles son las circunstancias para la convocatoria de una junta general extraordinaria de accionistas?

1. Sociedad de responsabilidad limitada: Si los accionistas representan más de la décima parte de los derechos de voto, más de un tercio de los directores, del consejo de vigilancia o de los supervisores de la sociedad sin consejo de administración. Los supervisores proponen convocar una reunión temporal, se llevará a cabo una reunión temporal.

2. Sociedad anónima: Si concurre alguna de las siguientes circunstancias, deberá celebrarse una junta general extraordinaria de accionistas en el plazo de dos meses: (1) El número de directores sea insuficiente según lo previsto en esta Ley o Los estatutos de la sociedad Cuando sean dos tercios del número de personas.

(2) Cuando las pérdidas no compensadas de la sociedad alcancen la tercera parte del total del capital social pagado.

(3) Solicitudes de accionistas que individual o colectivamente posean más del 10%; de las acciones de la empresa.

(4) Cuando la junta directiva lo considere necesario.

(5) El tiempo propuesto por la junta de supervisores para su convocatoria;

(6) Otras circunstancias previstas en los estatutos.

Artículo 102 de la “Ley de Sociedades Anónimas” La asamblea de accionistas será convocada por el directorio y presidida por el presidente del directorio. Si el presidente no puede o no cumple con sus funciones, el vicepresidente presidirá la reunión; si el vicepresidente no puede o no cumple con sus funciones, más de la mitad de los directores elegirá un director para presidir la reunión. Si la junta directiva no puede o no cumple con su deber de convocar una junta general de accionistas, la junta de supervisores convocará y presidirá la reunión de manera oportuna si la junta de supervisores no convoca ni preside la reunión; , los accionistas que individual o colectivamente posean más del 10% de las acciones de la sociedad durante más de 90 días consecutivos podrán convocar y presidir la junta por sí solos.

Artículo 103: Cuando se convoque a una asamblea general de accionistas, se notificará a los accionistas la hora, lugar y asuntos a tratar con veinte días de antelación a la celebración de la misma. La asamblea general extraordinaria de accionistas deberá notificarse a todos los accionistas quince días antes de la asamblea, si se emiten acciones al portador, la hora, lugar y asuntos a tratar se anunciarán treinta días antes de la asamblea. Los accionistas que posean individual o colectivamente más del 3% de las acciones de la sociedad podrán presentar propuestas temporales y presentarlas por escrito al consejo de administración diez días antes de la junta de accionistas; el consejo de administración deberá notificar a los demás accionistas dentro de los dos días siguientes a la recepción de la propuesta; y someter las propuestas temporales a la deliberación de la asamblea de accionistas. El contenido de las propuestas temporales debe quedar dentro del ámbito de competencias de la asamblea de accionistas, con temas claros y resoluciones específicas. La junta general de accionistas no adoptará acuerdos sobre materias no especificadas en las dos convocatorias anteriores.

Dos. ¿Cuáles son las fallas en los acuerdos de la junta general de accionistas?

Las fallas en los acuerdos de la junta general de accionistas se refieren a que los procedimientos o contenidos de los acuerdos adoptados por la junta general de accionistas violan las disposiciones legales, reglamentarias administrativas o los estatutos de la empresa. , e infringir los derechos e intereses legítimos de la empresa o de otros accionistas. Si la resolución de la junta general de accionistas es viciada, la ley de sociedades otorga a los accionistas dos derechos de reparación, a saber, solicitar la confirmación de la invalidez de la resolución de la junta general de accionistas o solicitar la revocación de la resolución de la junta general de accionistas. .

1. Los accionistas solicitan confirmación de que el acuerdo de la junta de accionistas es inválido o tienen derecho a solicitar al tribunal que revoque el acuerdo de la junta de accionistas, pero tienen derecho a revocarlo, que es diferente del derecho de revocación previsto en el artículo 55 de la Ley de Contratos, porque la asamblea de accionistas Una resolución tiene las características superficiales de un contrato pero es diferente de él. El contenido de las resoluciones de la asamblea general de accionistas no se limita a la división de derechos y obligaciones entre los accionistas, sino que también puede incluir una serie de cuestiones tales como operaciones de la empresa, inversiones, remuneraciones laborales y remuneraciones gerenciales.

2. Si un accionista solicita confirmar que el acuerdo de la junta general de accionistas es inválido o solicita al tribunal que revoque el acuerdo de la junta general de accionistas, la empresa será nombrada demandada. La junta general de accionistas es la máxima autoridad de la empresa, y el efecto jurídico de los acuerdos de la junta general de accionistas sólo puede atribuirse a la propia empresa.

3. El plazo para que los accionistas ejerzan su derecho de revocación. Para los acuerdos de la junta de accionistas que tienen vicios legales o pueden ser ilegales, la "Ley de Sociedades" estipula que el plazo previsto para que los accionistas soliciten la revocación del acuerdo de la junta de accionistas es de 60 días, y el tiempo de cómputo es la fecha en que los accionistas 'Se toma la resolución de la reunión. No existe ninguna cláusula correspondiente que exija la confirmación de la nulidad del acuerdo de la junta de accionistas dentro del plazo predeterminado.

La junta general de accionistas se celebra generalmente una vez al año, y el momento concreto lo determina la empresa. Sin embargo, si cumple con lo dispuesto en el artículo 100 de la Ley de Sociedades, también se permite la celebración de una junta general extraordinaria de accionistas que deberá celebrarse en el plazo de dos meses.

Como máxima autoridad, la junta general de accionistas naturalmente debe reflejar la voluntad de los accionistas, es decir, debe salvaguardar plenamente los intereses de la empresa y de los accionistas.