Coautor de "Propiedad Intelectual"
Propiedad y ejercicio de los derechos de autor de las obras colaborativas;
(1) El derecho de autor de las obras colaborativas que pueden utilizarse en solitario es dual. Los colaboradores en su conjunto disfrutan de los derechos de autor de la obra colaborativa, y cada autor puede disfrutar y ejercer los derechos de autor independientes de su propia creación, pero el ejercicio individual de los derechos de autor no infringirá los derechos de autor de la obra colaborativa en su conjunto.
(2) Para obras colaborativas indivisibles, el artículo 9 del "Reglamento para la implementación de la Ley de derechos de autor" estipula: "Si una obra colaborativa no puede usarse sola, sus derechos de autor serán compartidos por todos los co- autores y se ejercerá por consenso y si se llega a un acuerdo y no existe motivo legítimo, ninguna de las partes impedirá a la otra ejercer otros derechos excepto la transferencia, pero el producto se distribuirá razonablemente a todos los coautores”