Red de Respuestas Legales - Directorio de abogados - Reglamento sobre el número de supervisores

Reglamento sobre el número de supervisores

Análisis legal: Una sociedad de responsabilidad limitada debe establecer una junta de supervisores con no menos de 3 miembros. Una sociedad de responsabilidad limitada con un número reducido de accionistas o de menor escala puede no tener una junta de supervisores y puede tener uno o dos supervisores. La excepción es que en las empresas de propiedad totalmente estatal el número de miembros del consejo de supervisión no será inferior a cinco. El número de miembros del consejo de supervisión de una sociedad anónima no será inferior a tres.

Base jurídica: Artículo 124 de la "Ley de Sociedades de la República Popular China" El consejo de supervisión de una sociedad anónima deberá tener al menos tres miembros.