Interpretación judicial de las medidas cautelares de conservación
Artículo 2: Las personas naturales, jurídicas u organizaciones sin personalidad jurídica que hayan resultado perjudicadas por contaminación ambiental o daño ecológico, así como "las agencias determinadas por el Estado u organizaciones determinadas por la ley" según lo estipulado en los artículos 1234. y 1235 del Código Civil, puede solicitar al Tribunal Popular una orden judicial.
Artículo 3 Si un solicitante solicita al Tribunal Popular una orden judicial al presentar una demanda por infracción del medio ambiente ecológico o durante la demanda, el Tribunal Popular decidirá si concede la solicitud dentro de los cinco días posteriores a la aceptación de la solicitud. Si la situación es urgente, el tribunal popular dictará sentencia dentro de las 48 horas siguientes a la aceptación de la solicitud.
Si la situación es urgente, el solicitante podrá, antes de interponer la demanda, dirigirse al tribunal popular con jurisdicción sobre el lugar donde ocurrió la contaminación ambiental o el daño ecológico, el lugar donde ocurrió el daño, o el lugar donde esté domiciliado el demandado. El tribunal popular deberá tomar una decisión dentro de las 48 horas siguientes a la aceptación de la solicitud.
Artículo 4 Al solicitar una orden judicial del Tribunal Popular, el solicitante deberá presentar un formulario de solicitud y los materiales de respaldo correspondientes.
La solicitud deberá indicar los siguientes asuntos:
(1) La identidad, dirección e información de contacto del solicitante y del demandado;
(2) Solicitud El contenido y alcance de la entrada prohibida;
(3) El demandado está cometiendo o cometerá actos que contaminan el medio ambiente o dañan la ecología, y si no se detiene a tiempo, causará un daño irreparable a la propiedad del solicitante. derechos e intereses legítimos o el entorno ecológico. Las circunstancias del daño;
(4) Proporcionar información sobre el bien garantizado, o las razones por las que no se requiere garantía.
Artículo 5: El comportamiento del demandado de contaminar el medio ambiente y destruir el entorno ecológico plantea importantes riesgos realistas y urgentes. Si no se detiene a tiempo, causará daños irreparables a los derechos e intereses legítimos del solicitante o al medio ambiente ecológico. El tribunal popular deberá considerar exhaustivamente los siguientes factores para decidir si emite una orden judicial:
(1) El comportamiento del demandado de contaminar el medio ambiente y dañar la ecología continúa después de haber sido tratado por la agencia administrativa de conformidad con la ley;
(2) El daño causado por la contaminación ambiental del demandado y el daño ecológico a los derechos e intereses legítimos del solicitante o al medio ambiente ecológico excede el daño causado por la prohibición de cierto comportamiento del demandado;
(3) Prohibir al demandado Ciertos comportamientos tienen un impacto adverso en los intereses nacionales, los intereses públicos sociales o los derechos e intereses legítimos de otros;
(4) Otros factores que deben considerarse.
Artículo 6 Al revisar la solicitud de orden judicial del solicitante, el Tribunal Popular escuchará las opiniones del demandado. Si es necesario, se pueden realizar inspecciones in situ.
Si la situación es urgente y es imposible realizar una investigación o investigación in situ, el Tribunal Popular escuchará las opiniones del demandado dentro de las 48 horas siguientes a la sentencia para permitir que el solicitante solicite una medida cautelar. . Si la opinión del demandado es válida, el Tribunal Popular decidirá levantar la prohibición.
Artículo 7 Si el solicitante solicita una medida cautelar durante el proceso de litigio, el Tribunal Popular podrá ordenar al solicitante que proporcione una garantía; si el solicitante no proporciona una garantía, el Tribunal Popular decidirá rechazar la solicitud; solicitud.
Si el solicitante solicita una orden judicial antes de presentar una demanda, el Tribunal Popular ordenará al solicitante que proporcione una garantía; si el solicitante no puede proporcionar una garantía, el tribunal popular decidirá rechazar la solicitud.
Artículo 8 Si el tribunal popular decide aprobar la solicitud de orden judicial del solicitante, determinará el período de validez de la orden judicial en función de la solicitud del solicitante y las circunstancias específicas del caso.
Artículo 9: Cuando el tribunal popular apruebe o desapruebe la solicitud de orden de alejamiento del solicitante, preparará una sentencia civil y la notificará a las partes interesadas. La sentencia surtirá efecto a partir de la fecha de la notificación.
Si el tribunal popular decide permitir que el solicitante solicite una orden judicial, puede emitir una orden judicial basada en el contenido de la sentencia y publicarla en la residencia del demandado, el lugar donde se produjo la contaminación ambiental o ecológica. se comete el comportamiento de destrucción, el lugar donde se produce el daño y otros lugares relevantes y puede divulgarse al público a través de los medios de comunicación y otros medios.
Artículo 10 Si una parte o parte interesada no está satisfecha con el fallo del Tribunal Popular que concede o desaprueba la solicitud de medida cautelar del solicitante, podrá recurrir al Tribunal Popular que dictó el fallo dentro de los cinco días siguientes a la fecha de la decisión. fecha de recepción del fallo por una sola vez. Después de recibir la solicitud de reconsideración, el tribunal popular revisará el fallo dentro de los diez días. La ejecución del laudo no se suspenderá durante el período de revisión.
Artículo 11 Si el solicitante no presenta una demanda de conformidad con la ley dentro de los treinta días siguientes a que el Tribunal Popular emita una orden judicial previa al litigio, el Tribunal Popular decidirá levantar la orden judicial dentro de los cinco días siguientes a la vencimiento de los treinta días.
Durante el período de validez de la medida cautelar, si el solicitante, demandado o interesado solicita levantar la orden judicial alegando que los motivos de la sentencia han cambiado, el tribunal popular decidirá si levanta la orden judicial. dentro de los cinco días siguientes a la recepción de la solicitud.
Artículo 12 Si el demandado incumple la orden de prohibición, el tribunal popular podrá perseguir la responsabilidad jurídica correspondiente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 111 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Artículo 13 En un caso de infracción del medio ambiente ecológico marino en el que la infracción se produce y los daños se producen dentro de las aguas bajo la jurisdicción de la República Popular China, si el solicitante solicita al tribunal popular que ordene al demandado para detener de inmediato ciertos actos, se aplicarán las disposiciones pertinentes de la Ley de Protección del Medio Marino, la Ley de Procedimiento Contencioso Marítimo Especial y demás leyes e interpretaciones judiciales.
Artículo 14 El presente reglamento entrará en vigor a partir de junio de 202octubre de 2022+octubre de 2022.