Responsabilidades de licitación del consorcio
Consultar licitación conjunta y determinación de calificación de los postores.
El artículo 31 de la "Ley de Licitaciones y Licitaciones" estipula que dos o más personas jurídicas u otras organizaciones podrán formar un consorcio y ofertar conjuntamente como un solo postor. </FONT>
<P></P><FONT tamaño = 3>? Todas las partes del consorcio deberán tener las capacidades correspondientes para llevar a cabo proyectos de licitación, si las regulaciones nacionales pertinentes o los documentos de licitación estipulan las calificaciones de los postores, todas las partes del consorcio deberán tener las calificaciones correspondientes. Un consorcio compuesto por unidades de la misma carrera determinará el nivel de calificación según la unidad con menor nivel de calificación. & lt/FONT & gt;
& ltP & gt& lt/P & gt; asumir el trabajo y las responsabilidades, y presentar el * * * acuerdo al licitador junto con los documentos de licitación. Si el consorcio gana la oferta, todas las partes del consorcio deberán * * * firmar un contrato con el licitador y asumir la responsabilidad solidaria ante el licitador por el proyecto ganador. & lt/FONT & gt;
& ltP & gt& lt/P & gt; </FONT>
<P></P><FONT tamaño = 3>? & lt/FONT & gt;
& ltP & gt& lt/P & gt; Todas las partes del consorcio son personas jurídicas u organizaciones distintas de las personas jurídicas. La forma puede ser un consorcio de dos o más personas jurídicas, un consorcio de dos o más organizaciones sin personalidad jurídica, o un consorcio de personas jurídicas y otras organizaciones. (2) El consorcio es una organización temporal formada por * * * para licitar conjuntamente y * * * completar el proyecto ganador después de ganar la licitación. No tiene personalidad jurídica. Si pertenece a una empresa conjunta registrada con * * y se dedica a actividades comerciales a largo plazo, no pertenece a la empresa conjunta descrita en este artículo. El propósito de formar un consorcio es mejorar la competitividad de las ofertas, compensar la relativa falta de solidez técnica de las partes relevantes, mejorar la confiabilidad de la finalización de los proyectos emprendidos por * * * y, al mismo tiempo, dispersar los riesgos de las ofertas de todos partes del consorcio. (3) Se puede formar o no un consorcio. Corresponde a las partes interesadas decidir si forman un consorcio. La formación de un consorcio es un acto jurídico voluntario y unánime de todas las partes. (4) El consorcio “postula conjuntamente como postores”. En otras palabras, aunque el consorcio no sea una organización con persona jurídica, la licitación externa debe realizarse en nombre de las partes que forman el consorcio * * *, y no en nombre de una o dos entidades (en el caso de múltiples entidades ), es decir, el consorcio. Todas las partes “* * *firman un contrato con el licitador”. Lo que hay que explicar aquí es que los derechos, obligaciones, responsabilidades y otras cuestiones dentro del consorcio deben basarse en el contrato firmado por las partes del consorcio. ? & ltBR & gt2. El párrafo 2 de este artículo estipula que todas las partes en una licitación de consorcio deberán cumplir ciertas condiciones, entre las que se incluyen principalmente:? & ltBR & gt1. Todas las partes del consorcio deben tener las capacidades correspondientes para emprender proyectos de licitación. Este es el requisito básico de esta ley para todos los postores del consorcio. La capacidad correspondiente para emprender proyectos de licitación mencionada aquí se refiere a la capacidad de completar proyectos de licitación en términos de tecnología, fondos, equipos, gestión, etc. El licitador no determinará como adjudicatario a un consorcio compuesto por partes que no tengan las capacidades correspondientes para emprender el proyecto licitado. ? & ltBR & gt2. Si las regulaciones nacionales pertinentes o los documentos de licitación estipulan calificaciones para los licitadores, todas las partes del consorcio deberán cumplir con las calificaciones correspondientes. Este requisito es en realidad una estipulación adicional para garantizar la implementación de la disposición de que "todas las partes del consorcio deben tener la capacidad correspondiente para emprender proyectos licitados". Las "condiciones de calificación" de los licitadores mencionadas aquí se dividen en dos categorías: una son las condiciones de calificación determinadas por las "regulaciones nacionales pertinentes".
Las "regulaciones estatales pertinentes" aquí incluyen tres aspectos: en primer lugar, las disposiciones de esta Ley y otras leyes pertinentes, como las disposiciones del artículo 26 de esta Ley; en segundo lugar, las disposiciones de los reglamentos administrativos; en tercer lugar, los departamentos administrativos pertinentes; Consejo de Estado (como la Comisión de Planificación del Desarrollo del Consejo de Estado y el Ministerio de Construcción). El otro son las calificaciones del postor especificadas en los Documentos de Licitación. Los requisitos de los documentos de licitación generalmente deben incluir las condiciones estipuladas por el estado y otras condiciones especiales distintas a las estipuladas por el estado. En cuanto a las "condiciones de calificación" de los postores, el artículo 26 de esta Ley tiene disposiciones específicas. El propósito de introducir nuevas disposiciones aquí no es reducir los requisitos para los postores simplemente porque el postor es un consorcio. Esta cláusula es vinculante tanto para el postor como para el postor. ? & ltBR & gt3. Para un consorcio compuesto por las mismas unidades profesionales, el nivel de calificación será determinado por la unidad con un nivel de calificación inferior. El objetivo de esta disposición es evitar que una parte con un nivel de calificación más bajo obtenga la calificación de adjudicatario en nombre de una parte con un nivel de calificación más alto, lo que resulta en el fenómeno de que la calidad del proyecto de construcción no puede garantizarse después ganando la oferta. ? & ltBR & gt3 En cuanto a la relación interna y externa entre * * * y el consorcio postor, el párrafo 3 de este artículo establece disposiciones principales. incluir:? & ltBR & gt1. Las relaciones internas se determinan en forma de acuerdos. A tal efecto, al determinar la composición del grupo de empresa conjunta, las partes del grupo de empresa conjunta deberán celebrar un acuerdo de licitación de conformidad con esta Ley y la legislación contractual pertinente. Este artículo tiene dos requisitos especiales para el contenido del acuerdo: uno es que el acuerdo debe estipular el trabajo específico que cada parte del consorcio pretende realizar y el otro son las responsabilidades que cada parte debe asumir; Las responsabilidades mencionadas aquí deben ser qué derechos y obligaciones tienen para el proyecto ganador después de ganar la licitación y qué responsabilidades deben asumir después de violar sus obligaciones. Los dos requisitos anteriores deben quedar claros. El acuerdo entre las partes del consorcio y el postor deberá constar por escrito. ? & ltBR & gt2.* * *La relación externa con el consorcio licitador incluye dos aspectos: Primero, todas las partes del consorcio ganador deben * * * firmar un contrato con el licitador. La "firma de un contrato" mencionada aquí significa que todas las partes del consorcio deben participar en la celebración del contrato y deben firmar o sellar el contrato. En segundo lugar, "asumir la responsabilidad solidaria frente al licitador por el proyecto ganador". La "responsabilidad solidaria" mencionada aquí significa que en el mismo tipo de reclamaciones y deudas, cualquier parte del consorcio tiene la obligación de cumplir con las reclamaciones formuladas por el licitador; en segundo lugar, el licitador puede exigir que cualquier parte del consorcio cumpla; todas las obligaciones, y la negativa de la parte requerida a cumplir no puede basarse en "derechos y obligaciones internamente establecidos". Por supuesto, en lo que respecta a la relación dentro del consorcio, la parte que cumple obligaciones en nombre de otros todavía tiene derecho a reclamar, es decir, según el acuerdo interno, exige que otros asuman las obligaciones que él debe asumir. según el mutuo acuerdo. ? & ltBR & gt4. El párrafo 4 de este artículo estipula que el licitador no obligará al postor a establecer una relación * * * con el texto. De acuerdo con lo dispuesto en este párrafo, el consorcio formado por los oferentes deberá pertenecer a empresas propias de los oferentes. El postor decide enteramente si formarlo y cómo hacerlo. El licitador no puede obligar a los licitadores a formar un consorcio para presentar ofertas conjuntas. La práctica de formar un consorcio "por la fuerza" viola las leyes de la economía de mercado y no puede reflejar el principio de igualdad de competencia en las licitaciones. Si el licitador forma un consorcio "por la fuerza", a menudo será designado como el postor ganador; lo que obviamente es injusto para otros postores. En este sentido, las directrices de adquisición de crédito del Banco Mundial también estipulan que "el Banco no aceptará ofertas conjuntas u otras condiciones obligatorias de licitación conjunta compuestas por empresas nacionales y extranjeras". ? & ltBR & gt& ltBR & gt& lt/FONT & gt;