Red de Respuestas Legales - Directorio de abogados - ¡Cómo realizar el examen de derecho de propiedad intelectual! 1 El objeto de los derechos de propiedad intelectual: el conocimiento en sí, se divide en dos categorías, una son los logros intelectuales y la otra son las marcas comerciales. 2. Clasificación de los derechos de propiedad intelectual: en primer lugar, los derechos de propiedad intelectual se dividen en derechos de autor y derechos de propiedad industrial; en segundo lugar, logros intelectuales creativos y derechos de marcas industriales y comerciales. 3. La naturaleza de los derechos de propiedad intelectual: en primer lugar, como derecho civil, los derechos de propiedad intelectual existen objetivamente y no serán transferidos por la voluntad subjetiva de las personas; en segundo lugar, los derechos de propiedad intelectual son derechos privados; en tercer lugar, los derechos de propiedad intelectual son el derecho de control; los derechos de propiedad intelectual pueden ser obtenidos e impulsados ​​por regiones; los derechos de propiedad intelectual pueden ser sublicenciados, se pueden confiar diferentes funciones a diferentes personas y la misma función se puede confiar a muchas personas. 4. Derechos de autor: se refiere a los derechos basados ​​en la producción legal de obras literarias, artísticas y científicas. 5. Ley de derechos de autor: se refiere al término general para las normas jurídicas que regulan las relaciones sociales que surgen de la creación, control, utilización y dominio de los derechos de autor. 6. Obras: se refiere a logros intelectuales en los campos de la literatura, el arte y la ciencia que son originales y pueden reproducirse en forma tangible. 7. Objetos no protegidos por derechos de autor: 1. Obras cuya publicación o difusión esté prohibida según la ley; 2. Artículos no protegidos por la ley de derechos de autor; 3. Objetos que carezcan de elementos de obras en recursos de información pública y noticias de actualidad; obtenidos con base en el ejercicio de los derechos de autor, también se refiere a diversos medios y formas de realizar sus intereses. Los derechos de propiedad de las obras incluyen derechos de reproducción, derechos de distribución, derechos de interpretación, derechos de alquiler, derechos de exhibición, derechos de proyección, derechos de transmisión, derechos de difusión de redes de información, derechos de filmación, derechos de adaptación, derechos de traducción, derechos de compilación, derechos de anotación y derechos de arreglo. . 9. Derecho de reproducción, es decir, el derecho a realizar una o más copias de una obra mediante impresión, copia, frotamiento, grabación, videograbación, copia, etc. 10. Derechos de distribución, es decir, el derecho a proporcionar originales o copias de obras al público vendiéndolas o donándolas; 11. Derechos de alquiler, es decir, permitir temporalmente (dentro de un tiempo limitado) que otros utilicen obras cinematográficas y hagan; películas de manera similar; El derecho a obtener remuneración por obras y software creados por métodos, excepto que el software no sea el objeto principal del arrendamiento. 12. Derechos de ejecución, es decir, el derecho a realizar la obra públicamente, y el derecho a transmitir públicamente la interpretación de la obra de diversas formas, incluida la interpretación en vivo y la interpretación mecánica13. Derechos de proyección, es decir, el derecho a reproducir públicamente arte, fotografía, películas y obras creadas mediante proyectores, proyectores de diapositivas y otros equipos técnicos de manera similar a la realización cinematográfica. 14. Derechos de radiodifusión, es decir, la radiodifusión pública o difusión de obras; por medios inalámbricos, cable o retransmisión. El derecho a difundir al público obras radiodifundidas a través de altavoces u otras herramientas similares que transmitan símbolos, sonidos e imágenes. 15. Derechos de difusión de redes de información, es decir, proporcionar obras al público a través de cables o inalámbricos; significa, de modo que El derecho del público a obtener obras en el momento y lugar de su elección. 16. El derecho de adaptación, es decir, el derecho a cambiar una obra y crear una nueva obra original: no se cambia el contenido ideológico básico de la obra; (1) cambia la forma de expresión de la obra; Se cambia el uso de la obra. Incluyendo: derecho de publicación, derecho de autoría, derecho de modificación y derecho de proteger la integridad de la obra. 18. Obras de servicios: obras creadas por ciudadanos para completar las tareas de personas jurídicas u otras organizaciones. 19. Propiedad de obras profesionales: Una es que el autor disfruta de los derechos de autor y la organización disfruta del derecho prioritario a utilizarlos. La segunda categoría es que la unidad disfruta del derecho de autor y el autor disfruta del derecho de firma. Características del trabajo: 1. Existe una relación laboral entre el autor y la unidad de trabajo; 2. Las obras creadas son responsabilidad del autor; 3. El uso de las obras debe estar dentro de las tareas normales de trabajo o ámbito empresarial de la unidad del autor; 19. Propiedad de las obras personalizadas: La propiedad de los derechos de autor de las obras encargadas será pactada entre el cliente y el fiduciario mediante contrato. Si no hay acuerdo expreso en el contrato o no se ha celebrado ningún contrato, los derechos de autor pertenecen al fiduciario. La diferencia entre obras por encargo y obras personalizadas: 1. La relación entre donación y creación es diferente. Las obras por encargo se crean en base al contrato de encargo. El puesto de trabajo se basa en la relación laboral entre el autor y la unidad. 2. La titularidad de los derechos es diferente. Hay contrato por encargo, pero no lo hay. El trabajo personalizado sigue siendo propiedad del autor. 20. La relación entre derechos conexos y derecho de autor: Información de contacto: 1. El derecho de autor es la condición previa para los derechos conexos. 2. El proceso de adquisición de derechos conexos incluye también el trabajo creativo de difusión de los derechos conexos.

¡Cómo realizar el examen de derecho de propiedad intelectual! 1 El objeto de los derechos de propiedad intelectual: el conocimiento en sí, se divide en dos categorías, una son los logros intelectuales y la otra son las marcas comerciales. 2. Clasificación de los derechos de propiedad intelectual: en primer lugar, los derechos de propiedad intelectual se dividen en derechos de autor y derechos de propiedad industrial; en segundo lugar, logros intelectuales creativos y derechos de marcas industriales y comerciales. 3. La naturaleza de los derechos de propiedad intelectual: en primer lugar, como derecho civil, los derechos de propiedad intelectual existen objetivamente y no serán transferidos por la voluntad subjetiva de las personas; en segundo lugar, los derechos de propiedad intelectual son derechos privados; en tercer lugar, los derechos de propiedad intelectual son el derecho de control; los derechos de propiedad intelectual pueden ser obtenidos e impulsados ​​por regiones; los derechos de propiedad intelectual pueden ser sublicenciados, se pueden confiar diferentes funciones a diferentes personas y la misma función se puede confiar a muchas personas. 4. Derechos de autor: se refiere a los derechos basados ​​en la producción legal de obras literarias, artísticas y científicas. 5. Ley de derechos de autor: se refiere al término general para las normas jurídicas que regulan las relaciones sociales que surgen de la creación, control, utilización y dominio de los derechos de autor. 6. Obras: se refiere a logros intelectuales en los campos de la literatura, el arte y la ciencia que son originales y pueden reproducirse en forma tangible. 7. Objetos no protegidos por derechos de autor: 1. Obras cuya publicación o difusión esté prohibida según la ley; 2. Artículos no protegidos por la ley de derechos de autor; 3. Objetos que carezcan de elementos de obras en recursos de información pública y noticias de actualidad; obtenidos con base en el ejercicio de los derechos de autor, también se refiere a diversos medios y formas de realizar sus intereses. Los derechos de propiedad de las obras incluyen derechos de reproducción, derechos de distribución, derechos de interpretación, derechos de alquiler, derechos de exhibición, derechos de proyección, derechos de transmisión, derechos de difusión de redes de información, derechos de filmación, derechos de adaptación, derechos de traducción, derechos de compilación, derechos de anotación y derechos de arreglo. . 9. Derecho de reproducción, es decir, el derecho a realizar una o más copias de una obra mediante impresión, copia, frotamiento, grabación, videograbación, copia, etc. 10. Derechos de distribución, es decir, el derecho a proporcionar originales o copias de obras al público vendiéndolas o donándolas; 11. Derechos de alquiler, es decir, permitir temporalmente (dentro de un tiempo limitado) que otros utilicen obras cinematográficas y hagan; películas de manera similar; El derecho a obtener remuneración por obras y software creados por métodos, excepto que el software no sea el objeto principal del arrendamiento. 12. Derechos de ejecución, es decir, el derecho a realizar la obra públicamente, y el derecho a transmitir públicamente la interpretación de la obra de diversas formas, incluida la interpretación en vivo y la interpretación mecánica13. Derechos de proyección, es decir, el derecho a reproducir públicamente arte, fotografía, películas y obras creadas mediante proyectores, proyectores de diapositivas y otros equipos técnicos de manera similar a la realización cinematográfica. 14. Derechos de radiodifusión, es decir, la radiodifusión pública o difusión de obras; por medios inalámbricos, cable o retransmisión. El derecho a difundir al público obras radiodifundidas a través de altavoces u otras herramientas similares que transmitan símbolos, sonidos e imágenes. 15. Derechos de difusión de redes de información, es decir, proporcionar obras al público a través de cables o inalámbricos; significa, de modo que El derecho del público a obtener obras en el momento y lugar de su elección. 16. El derecho de adaptación, es decir, el derecho a cambiar una obra y crear una nueva obra original: no se cambia el contenido ideológico básico de la obra; (1) cambia la forma de expresión de la obra; Se cambia el uso de la obra. Incluyendo: derecho de publicación, derecho de autoría, derecho de modificación y derecho de proteger la integridad de la obra. 18. Obras de servicios: obras creadas por ciudadanos para completar las tareas de personas jurídicas u otras organizaciones. 19. Propiedad de obras profesionales: Una es que el autor disfruta de los derechos de autor y la organización disfruta del derecho prioritario a utilizarlos. La segunda categoría es que la unidad disfruta del derecho de autor y el autor disfruta del derecho de firma. Características del trabajo: 1. Existe una relación laboral entre el autor y la unidad de trabajo; 2. Las obras creadas son responsabilidad del autor; 3. El uso de las obras debe estar dentro de las tareas normales de trabajo o ámbito empresarial de la unidad del autor; 19. Propiedad de las obras personalizadas: La propiedad de los derechos de autor de las obras encargadas será pactada entre el cliente y el fiduciario mediante contrato. Si no hay acuerdo expreso en el contrato o no se ha celebrado ningún contrato, los derechos de autor pertenecen al fiduciario. La diferencia entre obras por encargo y obras personalizadas: 1. La relación entre donación y creación es diferente. Las obras por encargo se crean en base al contrato de encargo. El puesto de trabajo se basa en la relación laboral entre el autor y la unidad. 2. La titularidad de los derechos es diferente. Hay contrato por encargo, pero no lo hay. El trabajo personalizado sigue siendo propiedad del autor. 20. La relación entre derechos conexos y derecho de autor: Información de contacto: 1. El derecho de autor es la condición previa para los derechos conexos. 2. El proceso de adquisición de derechos conexos incluye también el trabajo creativo de difusión de los derechos conexos.