Red de Respuestas Legales - Directorio de abogados - ¿Cuál es el objeto del delito de fuga?

¿Cuál es el objeto del delito de fuga?

Subjetividad jurídica:

No existe en derecho el delito de fuga, pero se le llama delito de fuga. Se refiere al comportamiento de los delincuentes, acusados ​​y presuntos delincuentes que son detenidos de conformidad con la ley, escapan de la prisión y salen de la prisión. Los delincuentes detenidos de conformidad con la ley se refieren a delincuentes condenados y delincuentes no condenados. Las personas que se encuentran en detención administrativa, reeducación por el trabajo, puestas en libertad bajo fianza en espera de juicio, en libertad condicional, controladas o privadas de derechos políticos no escaparán porque no están bajo custodia. Los lugares penitenciarios se refieren a prisiones, campos de trabajo, centros de detención de menores, centros de detención y otros lugares donde se retiene a los delincuentes. En primer lugar, el objeto de este delito son las actividades normales de los órganos judiciales y de seguridad pública que supervisan y detienen a los delincuentes de conformidad con la ley. En segundo lugar, el aspecto objetivo de este delito es el comportamiento de un criminal detenido que se escapa del lugar de detención. Las manifestaciones específicas son: 1. Escapar en secreto del lugar de detención; 2. Fugar durante una escolta; 3. Utilizar la violencia para escapar; Utilice amenazas para escapar. 3. El sujeto de este delito es un sujeto especial, es decir, únicamente los delincuentes que están detenidos de conformidad con la ley, incluidos los delincuentes condenados y los delincuentes no condenados. Otros no constituyen este delito. Cuarto, la manifestación subjetiva de este delito es intencional, es decir, la conducta del actor de escapar del lugar de detención fue intencional y la negligencia no constituye este delito.

Objetividad jurídica:

Artículo 316 de la "Ley Penal". Los delincuentes, acusados ​​y presuntos delincuentes que se escapen de conformidad con la ley serán condenados a pena privativa de libertad de no más de de cinco años o detención penal. El que robe a un delincuente, acusado o sospechoso de delincuente mientras se encuentra escoltado, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años pero no mayor de siete años si las circunstancias son graves; de no menos de siete años.