¿Cuánto tiempo lleva recibir los documentos legales después de solicitar la ejecución?
El Tribunal Popular deberá, de conformidad con los procedimientos legales, utilizar el poder coercitivo del Estado, designar contenidos de ejecución específicos basados en documentos legalmente eficaces, obligar a los obligados civiles a cumplir con sus obligaciones y garantizar la realización de los derechos de los acreedores. Los documentos jurídicamente eficaces incluyen, entre otros: sentencias civiles, sentencias para realizar garantías reales, sentencias para confirmar acuerdos de mediación, órdenes de pago, etc. Una vez efectiva, el deudor deberá realizarla de oficio. Si el acreedor se niega a cumplir, podrá solicitar al Tribunal Popular la ejecución obligatoria.
El titular del derecho que presenta la solicitud se denomina solicitante, y la persona designada para cumplir la obligación se denomina sujeto de ejecución. Los casos de ejecución deben concluir dentro de los seis meses a partir de la fecha de presentación, y los casos de ejecución no contenciosos deben concluir dentro de los tres meses a partir de la fecha de presentación, si existen circunstancias especiales que requieran una extensión, ésta puede extenderse por tres meses con; la aprobación del presidente de este tribunal. Si se requiere una prórroga, se debe informar al Tribunal Superior Popular para su presentación. Si se encomienda la ejecución, el tribunal popular encargado completará los procedimientos de ejecución encomendados dentro de un mes después de la presentación del caso, y el tribunal popular encargado completará la ejecución dentro de los treinta días posteriores a la recepción de la carta de encomienda. Si la ejecución no ha concluido, se notificará al tribunal popular que la haya encomendado dentro de los quince días siguientes a la expiración del plazo para la ejecución.
Las partes deberán cumplir las sentencias y resoluciones civiles con eficacia jurídica. Si una de las partes se niega a cumplir, la otra parte puede solicitar la ejecución al Tribunal Popular, o el juez puede transferir la ejecución a la persona sujeta a ejecución. Las partes interesadas deberán cumplir el acuerdo de mediación y demás documentos legales que deberá otorgar el Tribunal Popular. Si una de las partes se niega a cumplir, la otra parte puede solicitar la ejecución al Tribunal Popular.
Base jurídica: Intereses de deuda o mora según lo establecido en el artículo 232 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.