Red de Respuestas Legales - Directorio de abogados - ¿El acuerdo de compensación y reasentamiento firmado entre el reasentamiento y la Oficina de Reasentamiento del Reservoir es un acuerdo administrativo?

¿El acuerdo de compensación y reasentamiento firmado entre el reasentamiento y la Oficina de Reasentamiento del Reservoir es un acuerdo administrativo?

Comprensión correcta.

En primer lugar, las dos partes que firman el acuerdo de compensación de reasentamiento no son partes iguales.

2. Los términos del acuerdo de compensación de reasentamiento no requieren una negociación equitativa entre ambas partes.

3. La firma de un acuerdo de compensación por reasentamiento refleja el derecho a conocer y participar en el proceso de adquisición de tierras.

En cuarto lugar, el mecanismo de resolución de disputas por adquisición de tierras, compensación y reasentamiento: coordinación y adjudicación.

Los procedimientos de adquisición de tierras y reasentamiento incluyen algunas actuaciones administrativas específicas. Una vez que el gobierno popular provincial o el Consejo de Estado aprueba el plan de adquisición de tierras, será organizado e implementado por el gobierno popular de la ciudad o condado donde se adquiere la tierra.

Se implementa primero el principio de coordinación y énfasis, es decir, las partes interesadas primero solicitan al gobierno popular en el nivel superior del gobierno popular de la ciudad o condado que redacta el plan de compensación y reasentamiento de adquisición de tierras. Los casos no coordinados no pueden resolverse. Una vez que la autoridad de adjudicación acepta el caso de adjudicación, también debe organizarse y coordinarse primero. Los dictámenes de coordinación serán jurídicamente vinculantes previa firma y acuerdo de ambas partes. Si después de la coordinación no se pudiera llegar a un consenso, se tomará una decisión conforme a la ley.

Si una parte no está satisfecha con la decisión tomada por la autoridad de adjudicación, podrá solicitar una reconsideración administrativa o presentar una demanda administrativa dentro del plazo legal de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Ley de Reconsideración Administrativa. y la Ley de Procedimiento Administrativo.