Métodos privados de ayuda
1. La negociación, como forma más básica de resolver disputas, es un medio indispensable en cualquier procedimiento no contencioso. Los países contemporáneos gobernados por el Estado de derecho alientan activamente a las partes a resolver disputas civiles mediante la negociación.
2. Autoayuda. Esto incluye primero confiscar y retener la propiedad de la otra parte para pagar las deudas.
3. Mediación. En la mediación informal o no institucional, las partes pueden contratar a un tercero neutral sin ninguna calificación para mediar, y algunas personas con identidades específicas pueden incluso intervenir por iniciativa propia.
4. Arbitraje ad hoc. Muchos países permiten que las partes recurran al arbitraje privado ad hoc mediante un acuerdo de arbitraje. Siempre que ambas partes estén de acuerdo, cualquier persona podrá ser contratada como árbitro para dictar sentencias y decisiones mediante arbitraje.
5. Organizaciones privadas o no gubernamentales. Según las necesidades sociales se generan espontáneamente agencias de servicios privadas o intermediarias dedicadas a la investigación y valoración. Por lo general, una de las partes les confía la participación en la resolución de disputas como su agente y, a veces, desempeñan el papel de mediador, negociador o conciliador.
6. Organizaciones de ayuda civil con antecedentes en el hampa. El objetivo principal de este tipo de ayuda privada es evadir leyes y actos ilegales, y su función es principalmente formar y mantener su orden interno, e incluso cuenta con "legislación" completa, aplicación violenta de la ley y mecanismos de sanciones. Puede ser muy perjudicial cuando entra en conflicto con el sistema legal formal del país.
7. Legalización. El proceso por el que el Estado controla la ayuda privada es la legalización de la ayuda privada.
Base jurídica: Se infringe el artículo 1177 de los Principios Generales del Derecho Civil de la República Popular China, la situación es urgente y no se dispone de protección oportuna por parte de los organismos estatales. Si no se toman medidas inmediatas y los derechos e intereses legítimos resultan irreparablemente dañados, la víctima puede tomar medidas razonables, como confiscar los bienes del infractor en la medida necesaria para proteger sus derechos e intereses legítimos; sin embargo, debe solicitarlas de inmediato; las agencias estatales pertinentes para manejarlo. Si la víctima toma medidas indebidas para causar daño a otros, asumirá la responsabilidad extracontractual.