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Manejo de casos de ejecución después de la aceptación de la quiebra

Análisis jurídico: después de que el tribunal popular acepta un caso de quiebra, puede haber dos resultados: uno es declararse en quiebra y el otro es no declararse en quiebra. La agencia de ejecución también manejará el caso de manera diferente según el resultado del caso de quiebra. El primero es reanudar la ejecución; el segundo es finalizar la ejecución. Si no se hubiera declarado la quiebra, el organismo de ejecución podrá reanudar la ejecución de oficio de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 234 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el artículo 104 del Reglamento de Ejecución. La condición para dar por terminada la ejecución es que después de que el tribunal acepte la solicitud de quiebra, el deudor cumpla las condiciones de quiebra y se pronuncie sobre la quiebra. En este momento, todos los acreedores deben participar en el proceso de liquidación de la quiebra. Los procedimientos de ejecución originalmente suspendidos por el organismo de ejecución debido a que el Tribunal Popular aceptó el caso de quiebra ciertamente no se reanudarán debido a la declaración de quiebra. Por lo tanto, el organismo de ejecución debe decidir dar por terminada la ejecución del caso de conformidad con el artículo 105 del "Reglamento de Ejecución" y el artículo 235, apartado 6 de la "Ley de Procedimiento Civil". Cuando el derecho del acreedor (la persona que solicita la ejecución) es un derecho separado (hipoteca, gravamen, etc.). ) o el derecho de recuperación (como bienes depositados y bienes propiedad de otros), el acreedor (la persona que solicita la ejecución) no perderá el derecho a disfrutar de la propiedad, pero la ejecución debe terminar durante el trámite del procedimiento; luego, el acreedor deberá presentar una solicitud a la persona que acepte el caso de quiebra. El Tribunal Popular hace valer sus derechos.

Base jurídica: "Ley de Procedimiento Civil de la República Popular China"

Artículo 224 La parte patrimonial de las sentencias y fallos civiles jurídicamente eficaces y de las sentencias y fallos penales se regirá por la El tribunal popular de primera instancia o el tribunal popular del mismo nivel que el tribunal popular de primera instancia del lugar de ejecución de la propiedad ejecutará el caso.

Otros documentos legales que la ley establece que deben ser ejecutados por el Tribunal Popular serán ejecutados por el Tribunal Popular donde esté domiciliada la persona sujeta a ejecución o donde se encuentren los bienes sujetos a ejecución.

Artículo 225 Si las partes o interesados ​​creen que la ejecución viola la ley, podrán presentar objeciones por escrito ante el tribunal popular encargado de la ejecución. Si una parte o interesado plantea una objeción escrita, el tribunal popular la revisará dentro de los quince días siguientes a la fecha de recepción de la objeción escrita, si el motivo es fundamentado, resolverá cancelarla o corregirla si el motivo es insostenible; , resolverá desestimarlo. Si las partes o interesados ​​no están satisfechos con la sentencia, podrán solicitar una reconsideración ante el tribunal popular del nivel inmediatamente superior dentro de los diez días siguientes a la fecha de emisión de la sentencia.

Artículo 226: Si el tribunal popular no ejecuta la solicitud durante más de seis meses a partir de la fecha de recepción de la solicitud de ejecución, la persona que solicita la ejecución podrá presentar una solicitud al tribunal popular del nivel inmediatamente superior. para su ejecución. Después de la revisión, el tribunal popular superior puede ordenar al tribunal popular original que implemente dentro de un cierto período de tiempo, o puede decidir implementarlo por sí solo o instruir a otros tribunales populares para que lo implementen.

Artículo 231: Durante el proceso de ejecución, el sujeto a ejecución presta garantía al Tribunal Popular. Con el consentimiento del solicitante de la ejecución, el Tribunal Popular podrá decidir suspender la ejecución y el plazo de ejecución. suspensión de la ejecución. Si la persona sujeta a ejecución no cumple el plazo, el tribunal popular tiene derecho a hacer cumplir los bienes garantizados por la persona sujeta a ejecución o los bienes del garante.