¿Qué debo hacer si una de las partes del divorcio no está de acuerdo? ¿Cuánto tiempo lleva un divorcio?
Recordatorio: En circunstancias normales, de acuerdo con las disposiciones de la Ley de Procedimiento Civil, los casos de divorcio están bajo la jurisdicción del tribunal popular del domicilio del demandado o del lugar del matrimonio (generalmente el lugar del registro del matrimonio). oficina). Si el domicilio del demandado fuera incompatible con su residencia habitual, el caso será competencia del Tribunal Popular del lugar de su residencia habitual.
Base Legal Artículo 1076: Si ambos cónyuges desean divorciarse voluntariamente, deberán firmar un acuerdo de divorcio por escrito y solicitar personalmente el registro del divorcio ante la autoridad de registro de matrimonio.
El acuerdo de divorcio debe expresar la intención de ambas partes de divorciarse voluntariamente y el consenso en cuestiones como la manutención de los hijos, los bienes y la disposición de deudas.
Artículo 1079. Si uno de los cónyuges solicita el divorcio, el organismo correspondiente podrá realizar una mediación o presentar directamente una demanda de divorcio ante el Tribunal Popular.
Al conocer un caso de divorcio, el Tribunal Popular realizará la mediación; si la relación realmente se ha roto y la mediación es ineficaz, se concederá el divorcio.
Si la mediación fracasa en cualquiera de las siguientes circunstancias, se concederá el divorcio:
(1) Bigamia o convivencia con otros
(2) Implementación de; derecho de familia Violencia, abuso o abandono de miembros de la familia;
(3) Apuestas, abuso de drogas y otros malos hábitos;
(4) Separación por más de dos años debido a problemas emocionales discordia;
(5) Otras circunstancias que conduzcan a la ruptura de la relación conyugal.
Si una de las partes es declarada desaparecida y la otra parte solicita el divorcio, se concederá el divorcio.
Después de que el tribunal popular dictamine que no se permite el divorcio, si las dos partes han vivido separadas durante un año y una de las partes presenta nuevamente un procedimiento de divorcio, se concederá el divorcio.
Artículo 1080 La relación matrimonial se disuelve cuando se completa la inscripción del divorcio o surte efectos la sentencia de divorcio o el documento de mediación.