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¿Es válido firmar un contrato con un particular?

Análisis jurídico: Son válidos los contratos celebrados entre particulares. Un contrato es un acuerdo para establecer, modificar y extinguir derechos y obligaciones civiles entre personas naturales, jurídicas y otras organizaciones que sean sujetos iguales. El contenido pactado en un contrato general no viola disposiciones legales, y el objeto del contrato no está prohibido ni restringido por la ley. El contenido del contrato es la verdadera expresión de la intención de ambas partes o si se firma voluntariamente. el contrato es válido y está protegido por la ley. Una vez celebrado un contrato, entrará en vigor inmediatamente y surgirá una relación de derechos y obligaciones entre las dos partes o se modificará o eliminará la relación jurídica civil original; Si una o ambas partes incumplen sus obligaciones contractuales, serán responsables por incumplimiento del contrato o de la ley.

Base jurídica: “Código Civil de la República Popular China”

Artículo 464 Un contrato es un acuerdo entre sujetos civiles para establecer, modificar y terminar relaciones jurídicas civiles.

Los acuerdos sobre relaciones de estatus como matrimonio, adopción y tutela se regirán por las disposiciones legales sobre dichas relaciones de estatus; en caso de no existir disposiciones, podrán aplicarse las disposiciones de esta sección según su naturaleza.

Artículo 465: Los contratos celebrados conforme a la ley estarán protegidos por la ley.

Un contrato establecido conforme a la ley sólo obliga jurídicamente a las partes, salvo disposición legal en contrario.

Artículo 466 Si las partes discrepan sobre la interpretación de una cláusula del contrato, el significado de la cláusula controvertida se determinará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 142, párrafo 1, de esta Ley.

Si el texto del contrato se celebra en dos o más idiomas y el acuerdo tiene el mismo efecto, se considerará que las palabras y expresiones utilizadas en cada texto tienen el mismo significado. Si las palabras y expresiones utilizadas en cada texto fueran inconsistentes, se interpretarán de conformidad con los términos, naturaleza, objeto y principios de buena fe pertinentes del contrato.

Artículo 469: Las partes podrán celebrar el contrato en forma escrita, oral u otras formas.

Por forma escrita se entiende los contratos, cartas, telegramas, télex, faxes y otras formas que puedan expresar tangiblemente el contenido de los mismos.

Mensajes de datos que pueden expresar contenido de forma tangible a través del intercambio electrónico de datos, correo electrónico, etc. , y podrá ser recuperada en cualquier momento, se considerará realizada por escrito.