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¿No hay casos de caricaturas sobre productos regulados por la ley estadounidense?

Como país con la industria de comunicaciones más desarrollada del mundo y la más temprana popularización de las industrias de audio y video pornográfico, Estados Unidos considera la pornografía como una expresión privada y, por lo tanto, está regulada por la Primera Enmienda de la Constitución Federal.

La Ley de Prevención de la Pornografía Infantil de los Estados Unidos, la "Ley de Protección Infantil en Línea" y la "Ley de Enmienda de Comunicaciones" han sido declaradas inconstitucionales por la Corte Suprema. Uno de los fallos mayoritarios expresó la posición constante de la Corte Suprema de los Estados Unidos: "Es innegable que hemos demostrado repetidamente que el gobierno tiene un interés legítimo en proteger a los niños de información dañina.

El Congreso de los Estados Unidos aprobó La Ley de enjuiciamiento, alivio y otros medios para prohibir la esclavitud de los niños contemporáneos estipula que si se constituye un delito, la sentencia base es de 65.438+08 niveles de sentencia y, si la ley dispone lo contrario, es de 22 niveles de sentencia. La sentencia federal revisada. Se enumeran muchas circunstancias específicas que afectan los niveles de sentencia. En pocas palabras, si un estadounidense almacena más de 600 imágenes de pornografía infantil y las distribuye en Internet, y las utiliza para atraer a los niños, cuando son llevados ante la justicia. los niveles de sentencia se acumularán capa por capa y es probable que sean sentenciados a entre 400 y 600 años de prisión.

La pornografía infantil se ha convertido en un tema público después de la década de 1960 y ha habido un gran avance en las comunicaciones. y el turismo. El turismo sexual, la "epidemia de SIDA" y la pornografía infantil comenzaron a extenderse ampliamente, y miles de niños comenzaron a participar en el comercio sexual y la producción de pornografía. El artículo 34 de la Convención sobre los "Derechos del Niño" de las Naciones Unidas, expresión escrita de esta norma moral y jurídica universal en todo el mundo, estipula claramente que la pornografía infantil y la prostitución infantil son delitos perjudiciales para el bienestar de los niños: "Los Estados Partes se comprometen a proteger niños contra toda forma de explotación y abuso sexual. Con este fin, los Estados Partes adoptarán todas las medidas nacionales, bilaterales y multilaterales apropiadas para prevenir: (a) la inducción o coerción de niños para que participen en cualquier actividad sexual ilícita; niños en prostitución u otras actividades sexuales ilícitas; el uso de niños en actuaciones pornográficas y la producción de material pornográfico. "El punto 112 del Memorando del 50º período de sesiones de las Naciones Unidas (A/50/150) también hace hincapié en las disposiciones pertinentes antes mencionadas: "Si un niño menor de 18 años participa en cualquier actividad sexual ilegal, ya sea mediante inducción, coerción u otros medios, el Estado asumirá la responsabilidad del bienestar del niño y tomará las medidas apropiadas para impedir que los niños sean explotados sexualmente en cualquier forma. ”