Un caso sobre el tiempo máximo de inicio para la limitación del litigio en disputas sobre distribución de capital
El plazo de prescripción para las disputas sobre la confirmación del patrimonio es de tres años. Según el artículo 188 del Código Civil, el plazo de prescripción para solicitar ante el Tribunal Popular la protección de los derechos civiles es de tres años, contados a partir de la fecha en que el titular del derecho supo o debería haber sabido que los derechos habían sido lesionados.
Objetividad jurídica:
El artículo 188 del Código Civil exige que el Tribunal Popular proteja los derechos de los ciudadanos durante tres años. Si la ley dispusiera lo contrario, prevalecerán tales disposiciones. El plazo de prescripción se computará a partir de la fecha en que el acreedor conoció o debió haber sabido que el derecho había sido lesionado y el deudor tuvo conocimiento de ello. Si la ley dispusiera lo contrario, prevalecerán tales disposiciones. Sin embargo, si han transcurrido más de 20 años desde la fecha en que los derechos fueron lesionados, el Tribunal Popular no concederá la protección. En circunstancias especiales, el tribunal popular puede decidir posponer la solicitud basándose en la solicitud del titular del derecho. Artículo 189 Si las partes acuerdan pagar la misma deuda a plazos, el plazo de prescripción se computará a partir de la fecha de vencimiento del último plazo.