¿Es usted responsable de firmar? ¿Y si fue forzado u oculto?
Análisis legal
Para un acuerdo firmado bajo coacción, una de las partes tiene derecho a solicitar al tribunal popular o institución de arbitraje que lo cambie o cancele. ¿Cuáles son las responsabilidades de firmar un contrato? La firma de un contrato significa que el firmante reconoce el contenido consignado en el contrato y expresa su voluntad de respetar y ejecutar los derechos y obligaciones estipulados en el contrato. En términos generales, después de la firma de un contrato, el firmante o su representante autorizado debe ejecutar el contrato de conformidad con el contrato. Quien se niegue a cumplir o lo haga de manera incompatible con el contrato será responsable del incumplimiento del contrato. Sin embargo, si se deben asumir responsabilidades al firmar un contrato y qué responsabilidades deben abordarse según las circunstancias específicas: 1. ¿Tiene el firmante la correspondiente capacidad para los derechos civiles y la conducta civil? De lo contrario, el contrato firmado puede tener efectos indeterminados o nulos. Por ejemplo, un niño menor de 8 años no tiene capacidad de conducta civil y el contrato que firma no puede ser jurídicamente vinculante, por lo que no hay cuestión de responsabilidad. 2. ¿Tiene el firmante la autoridad de agencia correspondiente? En caso contrario, el contrato firmado por el mandante deberá ser ratificado por el mandatario antes de que pueda surtir efecto para el mandante. En caso contrario, la responsabilidad correrá a cargo del actor. Por ejemplo, Wang es un empleado común y corriente de una determinada empresa y firma un contrato de venta en nombre de una determinada empresa. Si Wang firma un contrato de venta sin obtener la autorización o ratificación de la Compañía A, las estipulaciones en el contrato de venta no tendrán ningún efecto para la Compañía A. Wang, quien firmó el contrato, asumirá la responsabilidad de firmar el contrato de venta por su cuenta.
Base Legal
Código Civil de la República Popular China
Artículo 148: Una parte utiliza medios fraudulentos para hacer que la otra parte cometa delitos civiles contra sus verdadera intención. Si el acto es un acto jurídico, la parte defraudada tiene derecho a solicitar al tribunal popular o institución arbitral que lo revoque.
Artículo 149: Si un tercero comete fraude, haciendo que una de las partes realice un acto jurídico civil contra su verdadera intención, y la otra parte conoce o debe saber del acto fraudulento, la parte afectada por el fraude tendrá derecho a solicitar al tribunal popular o institución arbitral que lo revoque.
Artículo 150: Si una parte o un tercero obliga a la otra a realizar un acto jurídico civil contra su verdadera intención, la parte coaccionada tiene derecho a solicitar del tribunal popular o institución arbitral la revocación del acto. .