¿Cuáles son las condiciones para el establecimiento de un contrato económico?
Análisis jurídico: Se requieren tres condiciones para el establecimiento de un contrato: 1. Ambas partes del contrato tienen la capacidad civil correspondiente. 2. Las intenciones expresadas por ambas partes son verdaderas y no existe fraude, coacción, aprovechamiento ajeno, aparente injusticia o malentendido mayor. 3. El contenido y la forma del contrato no violan las disposiciones imperativas de las leyes y reglamentos administrativos, ni violan el orden público y las buenas costumbres.
Base jurídica: Artículo 143 de la “Ley Civil”, son válidos los actos jurídicos civiles que cumplan las siguientes condiciones:
(1) El actor tiene la correspondiente capacidad para la conducta civil;
(2) El significado es verdadero;
(3) No viola las disposiciones obligatorias de las leyes y reglamentos administrativos, y no viola el orden público y las buenas costumbres.