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Disposiciones temporales para la jurisdicción

El plazo para plantear excepciones de competencia deberá plantearse durante la presentación de la defensa, es decir, dentro de los 15 días siguientes a la fecha en que el imputado reciba copia del escrito de acusación.

Las objeciones jurisdiccionales deben plantearse durante la presentación de la defensa. La ley establece que el demandado debe presentar la defensa dentro de los 15 días siguientes a la fecha de recepción. La objeción de competencia es cuando se recibe la copia de la denuncia dentro de los 15 días siguientes a la fecha.

Objeción de jurisdicción significa que después de que el tribunal popular acepta el caso, si las partes tienen objeciones a la jurisdicción, deben plantearlas durante la presentación de la defensa. El Tribunal Popular revisará las excepciones de competencia planteadas por las partes. Si resulta fundada la objeción, se dispondrá el traslado del caso al tribunal popular competente; si no es fundada la objeción, se desestimará la orden.

La parte que plantea una excepción de competencia debe cumplir las siguientes condiciones: 1. Debe ser parte demandada en el caso; 2. Debe presentarse dentro del plazo legal de defensa (dentro de los 15 días siguientes a la fecha de la defensa); el acusado recibe una copia de la acusación). Si se presenta fuera de plazo, el tribunal popular no lo considerará. Si una parte plantea una objeción a la jurisdicción y cumple las dos condiciones anteriores, el tribunal la revisará. Si las objeciones de las partes no han sido revisadas, o si no se ha tomado decisión después de la revisión, no ingresarán a la audiencia de fondo del caso. Después de la revisión, si se establece la objeción de la parte a la jurisdicción, el tribunal de apelaciones emitirá un fallo por escrito y transferirá el caso al tribunal competente. Si no se fundamenta la oposición, se desestimará la sentencia.

En resumen, estas son las respuestas del editor sobre las regulaciones de tiempo de jurisdicción. Espero que te resulte útil.

Base jurídica:

El párrafo 1 del artículo 125 de la Ley de Procedimiento Civil estipula que el tribunal popular enviará una copia de la demanda al demandado dentro de los cinco días siguientes a la fecha de la Presentación del expediente. El escrito de contestación deberá presentarse dentro de los quince días siguientes a la fecha de su recepción.

El artículo 127 de la "Ley de Procedimiento Civil" estipula que después de que el Tribunal Popular acepta un caso, si las partes tienen objeciones a la competencia, deben plantearlas durante la presentación de la defensa.

El tribunal popular revisará las objeciones planteadas por las partes. Si se estima la objeción, se ordenará el traslado del caso al tribunal popular competente; si no se estima la objeción, se desestimará el caso.

Si las partes no plantean objeciones a la competencia y responden a la demanda, se considerará competente el Tribunal Popular objeto de la demanda, salvo violaciones a las disposiciones de competencia jerárquica y competencia exclusiva.