Red de Respuestas Legales - Directorio de abogados - ¿Qué responsabilidad legal debería asumir la Parte A cuando primero daña a la Parte B y luego se lastima a sí misma (causándose lesiones menores) y calumnia a la Parte B y se daña a sí misma?

¿Qué responsabilidad legal debería asumir la Parte A cuando primero daña a la Parte B y luego se lastima a sí misma (causándose lesiones menores) y calumnia a la Parte B y se daña a sí misma?

En primer lugar, según el artículo 234 del Código Penal, el daño intencional se define como daño intencional. Si A daña levemente a B, se define como daño intencional. Será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años, prisión preventiva o vigilancia pública.

En segundo lugar, dado que la Parte A se daña a sí misma y calumnia a la Parte B, la consecuencia de difamar a la Parte B es que la Parte B será condenada por daño intencional. Según el artículo 243 del Código Penal, inventar hechos y hacer acusaciones falsas para incriminar a otros con la intención de someter a otros a un proceso penal. Si las circunstancias son graves, el infractor será condenado a pena privativa de libertad no superior a tres años, vigilancia pública o prisión penal.