Red de Respuestas Legales - Directorio de abogados - ¿Está bien que la junta de accionistas de la empresa decida utilizar únicamente el sello oficial de la empresa?

¿Está bien que la junta de accionistas de la empresa decida utilizar únicamente el sello oficial de la empresa?

Los acuerdos de la junta general de accionistas no necesitan necesariamente estar sellados con el sello oficial. Para los accionistas personas físicas, pueden firmar o colocar un sello privado, pero el sello privado debe estar legalmente certificado. Por tanto, el acuerdo de la junta de accionistas puede ser eficaz siempre que esté firmado por todos los accionistas y no necesite estar sellado con un sello oficial.

1. ¿Los acuerdos de la asamblea de accionistas sólo son válidos si están sellados con el sello oficial?

Las personas físicas accionistas pueden firmar o estampar un sello privado (el sello privado debe estar legalmente certificado). )

Podrá asistir y firmar o sellar el acuerdo el representante legal del accionista, u otras personas autorizadas por el accionista podrán asistir y firmar el acuerdo.

Es decir, el acuerdo de la junta de accionistas no requiere un sello oficial para ser válido. Es válido si lo firman todos los accionistas y no hay problema si es necesario sellarlo.

La resolución de la junta general de accionistas se refiere a la resolución que toma la junta general de accionistas de una sociedad de responsabilidad limitada sobre los asuntos discutidos de conformidad con sus competencias. Los accionistas personas físicas pueden firmar o colocar un sello privado (el sello privado debe estar legalmente certificado). ) Los accionistas personas jurídicas podrán hacer asistir a su representante legal y firmar o estampar el sello privado del representante legal, u otras personas autorizadas por el accionista persona jurídica podrán asistir y firmar la resolución. En otras palabras, el acuerdo de la junta general de accionistas no requiere un sello oficial para ser válido. Es válido si lo firman todos los accionistas y no hay problema si es necesario sellarlo.

Dos. Contenido de las resoluciones de las juntas de accionistas

De acuerdo con las disposiciones pertinentes de la "Ley de Sociedades" sobre las juntas de accionistas de sociedades de responsabilidad limitada, las resoluciones de las juntas de accionistas deben incluir el siguiente contenido:

1. Información básica de la reunión: Hora, lugar y naturaleza de la reunión (ordinaria o temporal).

2. Convocatoria y accionistas asistentes a la junta: hora y forma de convocatoria; estado de los accionistas asistentes a la junta y abstenciones de los accionistas;

Al convocar una junta de accionistas, todos los accionistas deben ser notificados antes de la junta15.

3. Presidir la asamblea: La primera asamblea es convocada y presidida por el accionista con mayor aporte de capital; generalmente es convocada por el directorio y presidida por el presidente; incapaz de desempeñar sus funciones por razones especiales, el vicepresidente designado por el presidente El presidente u otros directores presiden la reunión (debe adjuntarse una carta de nombramiento del presidente designando al vicepresidente o director).

4. Resolución de la asamblea:

Los accionistas ejercerán sus derechos de voto de acuerdo con la proporción del capital aportado; los accionistas tomarán resoluciones sobre la modificación de los estatutos sociales, el aumento o la reducción del registro social. El capital, la división, la fusión, la disolución o la modificación de la forma de la sociedad, deben ser aprobados por accionistas que representen más de dos tercios de los derechos de voto.

Los resultados específicos de la votación de la junta de accionistas, el número de acciones representadas por los accionistas que acordaron, representan la proporción del total de acciones en posesión de los accionistas que asisten a la junta de accionistas. Accionistas disidentes o abstencionistas.

5. Firma: La resolución de la asamblea de accionistas de la sociedad de responsabilidad limitada deberá ser sellada o firmada por el accionista (accionista persona natural).

En resumen, el acuerdo de la junta general de accionistas no necesita estar sellado con un sello oficial, solo debe estar firmado por todos los accionistas personas físicas, pero pueden firmarlo o sellarlo. Los sellos privados deben estar legalmente certificados para ser legalmente vinculantes.