¿Cuántos años se deben conservar los registros médicos?
Si un paciente solicita copiar o reproducir registros médicos de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior, la institución médica deberá proporcionar servicios de copia o reproducción y sellar los registros médicos copiados o reproducidos con una marca de certificación. El paciente debe estar presente al copiar o duplicar registros médicos.
La gestión de la historia clínica hospitalaria está estipulada por ley y debe conservarse en el hospital y contar con servicios de acceso.
Base legal: “Reglamento sobre la Gestión de Registros Médicos en Instituciones Médicas”
Artículo 10: En principio, los pacientes son responsables de llevar los registros médicos ambulatorios (de emergencia). Si una institución médica tiene un archivo de registro médico para pacientes ambulatorios (emergencia) o ha establecido un registro médico para pacientes ambulatorios (emergencia) electrónico, la institución médica puede conservar el registro médico para pacientes ambulatorios (emergencia) con el consentimiento del paciente o su representante legal.
Los registros médicos hospitalarios son mantenidos por instituciones médicas.
Artículo 14 Las instituciones médicas administrarán estrictamente los registros médicos. Nadie podrá alterar los registros médicos sin autorización. Está estrictamente prohibido falsificar, ocultar, destruir, robar o robar registros médicos.