¿Qué debo hacer si no quiero hijos ni pensión alimenticia después del divorcio?
De hecho, después del divorcio, ambos cónyuges todavía tienen la obligación de criar a sus hijos, de lo contrario se violará la responsabilidad legal. Pero si una de las partes no quiere criar al niño. Es posible que la otra parte asuma la custodia del niño, pero debe pagar una cierta cantidad de manutención cada mes.
En primer lugar, criar a los hijos es responsabilidad de los padres. Según la ley, si ambas partes no mantienen a una de las partes después del divorcio, deben pagar la manutención de los hijos de conformidad con la ley.
En segundo lugar, si una de las partes no paga la manutención del niño, la parte que cría al niño puede negociar con ella; si la negociación fracasa, se puede resolver mediante un litigio. Después del divorcio, para los hijos criados por una de las partes, la otra parte cubrirá parte o la totalidad de los gastos de manutención y educación necesarios, si no se puede llegar a un acuerdo, el monto y la duración de los gastos serán acordados por ambas partes; El tribunal popular dictará sentencia.
Un acuerdo o sentencia sobre los gastos de manutención y educación de los niños no impedirá que los niños hagan demandas razonables a cualquiera de los padres que excedan el monto del acuerdo o el monto de la sentencia original cuando sea necesario.
¿Cómo deben luchar las parejas divorciadas por la custodia de los hijos?
(1) Demuestre que es más apto para criar hijos
1 Si sus ingresos salariales y su nivel educativo son mejores que los de la otra parte, puede recopilar pruebas como. declaraciones de salario, certificados de impuestos y certificados de estudios;
2 si los niños viven solos durante mucho tiempo o son cuidados mucho por sus padres, el comité vecinal puede emitir un certificado y el los vecinos pueden dar testimonio;
3. Si el ambiente de vida es bueno y las condiciones de la escuela son buenas, se pueden proporcionar los certificados pertinentes;
4. ayudar a cuidar a sus hijos, se pueden recopilar pruebas relevantes como su condición física y voluntad de cuidar a sus hijos;
5. Su desempeño laboral, Prueba de calidad ideológica del empleador;
6. Si el niño es menor de dos años, la mujer puede aportar el certificado de nacimiento del niño;
7. Otras pruebas que puedan acreditar que sus condiciones son propicias para el crecimiento del niño. niño.
(2) Demostrar que la otra parte no es apta para criar hijos.
Si la otra parte tiene las siguientes circunstancias que no favorecen el crecimiento de los niños, se pueden recopilar pruebas relevantes para probar:
1.
2. La otra parte tiene malos hábitos, como el juego y el alcoholismo;
3. La otra parte padece una enfermedad infecciosa maligna u otra enfermedad importante que afecta el crecimiento del niño;
4. La otra parte no regresa a casa por mucho tiempo y no cumple con sus obligaciones parentales.
5 Otras pruebas que puedan demostrar que la otra parte no es apta para ello; criar hijos.
(3) Otros
1. Los niños mayores de 10 años son menores de edad. Hacer un buen trabajo en el trabajo ideológico de los niños y luchar por las elecciones de sus hijos y sus propias vidas;
p>
2. Si es infértil o tiene pocas posibilidades de tener otro hijo, puede proporcionar los documentos de certificación médica pertinentes;
3. otros niños.
Cuando se disuelve la relación matrimonial entre marido y mujer, si ambas partes tienen hijos, la cuestión de la custodia de los hijos deberá resolverse oportunamente. Si ambas partes quieren tener hijos, deben esforzarse por conseguirlos a tiempo. No están exentos de la obligación de sustentarlos si no lo desean.
Espero que el contenido anterior pueda ayudarte. Si tiene alguna otra pregunta, consulte a un abogado profesional.
Base jurídica: Artículo 1085 del Código Civil. Después del divorcio, si los hijos son criados directamente por una de las partes, la otra parte correrá con parte o la totalidad de la manutención de los hijos. El importe de los gastos y la duración del plazo serán acordados por ambas partes; si no se puede llegar a un acuerdo, el Tribunal Popular dictará sentencia.
El acuerdo o sentencia previsto en el párrafo anterior no impedirá que los hijos hagan exigencias razonables a cualquiera de los padres que excedan el monto del acuerdo o sentencia original cuando sea necesario.