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Análisis de Diversas Cuestiones en la Revisión de la Ley de Instrumentos Negociables (4)

Análisis de varias cuestiones en la revisión de la “Ley de Títulos Negociables”

(2) Incrementar la legalidad de las firmas electrónicas y si pueden ser representadas por agentes.

1. Legalidad de la firma electrónica. El artículo 7 de la Ley de Títulos Negociables estipula que la firma en el título será una firma, un sello o una firma y un sello. La firma de la persona jurídica u otra organización que utilice la factura será la firma de la persona jurídica u otra organización más la firma de su representante legal o su agente autorizado. La firma en el giro postal debe ser el nombre real de la parte involucrada. Sin embargo, dado que las letras comerciales electrónicas utilizan medios electrónicos, sus firmas electrónicas no pueden ser los nombres reales especificados en el artículo 7 de la Ley de Títulos Negociables. [14] Por supuesto, según lo dispuesto en la Ley de Contratos y la Ley de Firma Electrónica, la firma electrónica es factible y confiable. Aunque no es su nombre real, podemos reconocer su legitimidad. Sin embargo, actualmente sólo las normas administrativas "Medidas para la administración de facturas comerciales electrónicas" reconocen su legalidad, y el estatus legal es relativamente bajo. Se recomienda que la Ley de Instrumentos Negociables así lo estipule.

2. Sobre la agencia de firmas electrónicas. El artículo 5 de la Ley de Instrumentos Negociables estipula que la parte en instrumentos negociables puede confiar a un agente la firma y el sello del instrumento, y la relación de agencia se indicará en el instrumento. Sin embargo, el artículo 13 de las "Medidas Administrativas para las Facturas Comerciales Electrónicas" estipula que, en principio, no se permite el uso de firmas electrónicas. La necesidad de tomar disposiciones especiales debe determinarse considerando exhaustivamente si la agencia cumple con el principio de confiabilidad, revisando claramente el tema del documento de autorización, los procedimientos de verificación, si se requieren medidas de apoyo y si es efectivo para terceros. . Se recomienda que el artículo 5 de la Ley de Instrumentos Negociables estipule claramente el organismo para la firma de facturas comerciales electrónicas.

3. Disposiciones especiales sobre la determinación del sujeto obligado y sujeto responsable de la verificación de autenticidad de las facturas comerciales electrónicas. En el negocio de giro comercial electrónico existe un banco de acceso. En el caso de instrumentos en papel, es responsabilidad del aceptante verificar la autenticidad del instrumento. Sin embargo, en el negocio de las facturas comerciales electrónicas, si esta responsabilidad se transfiere al banco de acceso y cómo confirmar la responsabilidad por el pago indebido requieren disposiciones especiales en la Ley de Instrumentos Negociables basadas en la particularidad de las facturas comerciales electrónicas.

4. Normativa especial sobre prenda comercial electrónica y vídeo cheque. Como se mencionó anteriormente, el artículo 224 de la Ley de Propiedad establece que si se pignora letra de cambio, cheque o pagaré, las partes celebrarán un contrato escrito. La prenda se constituye cuando se entrega el certificado de derechos al acreedor prendario; si no existe certificado de derechos, la prenda se constituye cuando el departamento correspondiente tramita el registro de la prenda. Por lo tanto, es necesario definir claramente si las facturas electrónicas son facturas sin certificado de título y cómo determinar el método efectivo para establecer la prenda de las facturas electrónicas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 224 de la Ley de Propiedad.

5. Si deben existir disposiciones especiales sobre la indorsabilidad de las letras comerciales, prohibiendo la transferencia de letras y el endoso de letras en formato electrónico. El artículo 22 de las “Medidas para la Administración del Negocio de Facturas Comerciales Electrónicas” no permite el “endoso continuo” de las mencionadas facturas. La Ley de Títulos Negociables y determinadas disposiciones sobre instrumentos no prohíben el endoso, sino que sólo estipulan la eficacia del endoso. Desde la perspectiva legal de los billetes, los billetes se pueden circular y la circulación de billetes utiliza principalmente el endoso. Sin embargo, para eximir al deudor del título de su responsabilidad por el título, la ley prohíbe el endoso. Para las letras cuya transferencia está prohibida, la letra pierde la validez de endoso y ya no se producirán el efecto de transferencia de derechos, el efecto de concesión de calificaciones y el efecto de garantía de derechos de la transferencia de endoso de la letra. Sin embargo, para los instrumentos cuya transferencia está prohibida, el acto de endoso no es completamente inválido según la Ley de Títulos Negociables, pero el endosante original no será responsable ante los endosantes posteriores. Por lo tanto, si la disposición no permite el "respaldo continuo", es necesario aclarar si entra en conflicto con las disposiciones pertinentes de la Ley de Instrumentos Negociables y ciertas cláusulas del instrumento, y cómo equilibrar la relación entre la protección de los intereses del instrumento deudor y el instrumento.

6. Debe indicarse claramente si el banco del aceptante tiene derecho a contestar y firmar en nombre del aceptante. El artículo 89 de las "Medidas de Pago y Liquidación" estipula que después de recibir la notificación de pago del banco donde se abre la cuenta, el pagador deberá notificar al banco para realizar el pago el mismo día. Si el pagador no notifica al banco el pago dentro de los 3 días siguientes al día siguiente de recibir la notificación (prórroga en caso de feriados legales, lo mismo a continuación), se considerará que el pagador se ha comprometido a pagar y el banco notificará al banco dentro de los 3 días siguientes al día siguiente de que el pagador reciba el aviso. El dinero del billete se transferirá al titular del billete cuando el negocio abra por la mañana. Se trata de un sistema en el que el banco del aceptante tiene derecho a reaccionar en su nombre. El origen de este derecho merece mayor estudio.

De acuerdo con las disposiciones anteriores, el artículo 60 de las "Medidas para la administración del negocio de facturas comerciales electrónicas" también estipula que el banco aceptador tiene derecho a responder y firmar en su nombre. No existen disposiciones sobre la respuesta de las agencias en la Ley de Instrumentos Negociables de mi país. Las "Medidas para el pago y la liquidación" y las "Medidas para la administración de facturas comerciales electrónicas" son regulaciones administrativas emitidas por el Banco Popular de China y no son lo suficientemente efectivas. Sin embargo, cabe considerar si esta disposición entra en conflicto con las disposiciones o acuerdos sobre el orden de pago cuando el deudor tiene múltiples deudas. Además, las firmas deben estar autorizadas por las partes involucradas. Sin autorización de los interesados, y apoyándose únicamente en esta medida como norma administrativa, cabe estudiar si la fuente de sus derechos es legal.

7. Los derechos y obligaciones de todas las partes durante la implementación del sistema de fotocopiado de cheques deben ser claros y deben establecerse disposiciones especiales en las disposiciones pertinentes de la Ley de Instrumentos Negociables. Por ejemplo, aclarar quién tiene el deber de revisar cuidadosamente si la imagen es consistente con el objeto retenido, y luego aclarar el sujeto responsable y la forma de responsabilidad cuando ambos sean inconsistentes.

7. Mejorar lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley de Títulos Negociables.

(1) Antes de completar el cheque, aclare la validez del cheque.

El artículo 86 de la Ley de Instrumentos Negociables de mi país estipula la validez de un cheque en blanco antes de su reemisión, es decir, el cheque antes de su reemisión no podrá utilizarse. Las "Medidas de Pago y Liquidación" de mi país interpretan que "no utilizar" significa no transferir. Sin embargo, el artículo 45 de las "Disposiciones Diversas sobre Letras" estipula que cuando el tenedor de una letra en blanco autorizada ejerza los derechos sobre la letra, si el tenedor no completa completamente las materias que deben constar en la letra, y el pagador o el pagador en nombre de la factura se niega a aceptar la factura y presenta una demanda, el tribunal popular no la apoyó. Simplemente establece que los derechos no pueden ejercerse sobre un instrumento autorizado en blanco totalmente complementado, pero no niega expresamente la liquidez de un cheque en blanco antes de la complementación. Creemos que según la jurisprudencia sobre instrumentos negociables, se puede circular un cheque en blanco, pero los derechos sobre instrumentos negociables no se pueden ejercer antes de que se ejerzan los derechos complementarios. Por lo tanto, todos los países que prevén instrumentos en blanco reconocen la negociabilidad de los cheques en blanco en su legislación. Por ejemplo, la Sección 3-115 del Código Comercial Uniforme establece que si un documento cuyo contenido indica que pretende ser un instrumento se firma mientras alguna parte necesaria no se ha registrado en su totalidad, no se puede ejercer hasta que el registro esté completamente completado. Derechos de nota, una vez que el registro esté completamente lleno, sus derechos de nota se pueden ejercer bajo la nota completa. En resumen, se recomienda que la Ley de Instrumentos Negociables estipule claramente si la validez de un cheque en blanco previo a su emisión incluye contenido no negociable para evitar disputas.

(2) Establecer el efecto legal después de que se ejerza el derecho complementario y la protección de los titulares de buena fe fuera del alcance del derecho complementario.

El artículo 86 de la "Ley de Instrumentos Negociables" de mi país no prevé las cuestiones anteriores, sino que sólo está estipulado en el artículo 68 de las "Varias Disposiciones sobre Instrumentos Negociables". Se recomienda aprender de convenios internacionales y otros ejemplos legislativos para mejorarlo. Por ejemplo, el artículo 13 de la "Ley Unificada de Cheques de Ginebra" estipula que cuando un cheque carezca de elementos que deban registrarse en el momento de su emisión, se completará con registros complementarios. Sin embargo, si el suplemento es incompatible con el acuerdo original, el El beneficiario no podrá impugnar al tenedor por considerar que éste no ha cumplido con el acuerdo. Sin embargo, esto no se aplica si el titular obtiene el cheque de mala fe o negligencia grave.

Notas:

Clasificación del derecho en el sentido estricto de la jurisprudencia.

[2] Cao Shouye y Wang Xiaoneng: "Estándares de manejo unificados para mantener la seguridad financiera - Comprensión y aplicación de las regulaciones sobre varias cuestiones en el juicio de casos de disputas de facturas (Parte 2)", "Noticias del Tribunal Popular " Página 3, 28 de febrero de 2006 5438 0.

[3] Wang Liming: "Investigación sobre el derecho de daños" (Volumen 1), China Renmin University Press, 2004, página 474.

[4] Qiu Congzhi: "Civil Law Research" (1), Prensa de la Universidad de Ciencias Políticas y Derecho de China, edición de 2002, página 59.