Red de Respuestas Legales - Directorio de abogados - Los accionistas aportan garantías a la empresa.

Los accionistas aportan garantías a la empresa.

Subjetividad jurídica:

Se debe analizar si los accionistas deben soportar las deudas garantizadas de la empresa en función de las circunstancias específicas: 1. Normalmente, los accionistas no son responsables de las deudas garantizadas de la empresa. La empresa es una persona jurídica con propiedad independiente y asume obligaciones de garantía con su propia propiedad. Los accionistas sólo son responsables en la medida de su aportación de capital suscrito o de sus acciones suscritas. 2. Si un accionista no aporta la totalidad de su capital, el acreedor podrá exigirle que responda solidariamente de las deudas de la sociedad en el ámbito de la aportación de capital no desembolsada. 3. Si el accionista de una sociedad unipersonal de responsabilidad limitada no puede acreditar que el patrimonio de la sociedad es independiente del propio, será solidariamente responsable de las deudas de la sociedad.

Objetividad jurídica:

Artículo 105 de la "Ley de Sociedades de la República Popular China": Esta ley y los estatutos de la empresa estipulan que la transferencia, transferencia o garantía externa de Los principales activos de la empresa deben ser llevados a cabo por Si lo decide la junta general de accionistas, el consejo de administración convocará una junta general de accionistas de manera oportuna, y la junta general de accionistas votará sobre los asuntos anteriores. Obviamente, los estatutos de la empresa pueden tener otras disposiciones, y los estatutos son legales y válidos sin votación en la junta de accionistas. Artículo 149 de la "Ley de Sociedades de la República Popular China": Los directores y altos directivos no podrán realizar los siguientes actos: (3) Prestar fondos de la empresa a otros o utilizar los activos de la empresa como garantía. Otros proporcionan el artículo 150 de la Sociedad; Ley: Los directores, supervisores y altos directivos que violen las leyes, los reglamentos administrativos o los estatutos de la empresa en el desempeño de sus funciones sociales serán responsables de la indemnización. Artículo 52 de las Disposiciones Generales de la "Ley de Sociedades Anónimas": Si los directores y altos directivos se encuentran en las circunstancias especificadas en el artículo 150 de esta Ley, una sociedad anónima deberá poseer individual o colectivamente más de 65.438 0 de la empresa por más de 180 días consecutivos Los accionistas de acciones podrán solicitar por escrito a la junta de supervisores que presente una demanda ante el Tribunal Popular. Si la junta de supervisores se encuentra con las circunstancias especificadas en el artículo 150 de esta Ley, los accionistas antes mencionados podrán solicitar por escrito a la junta directiva que presente una demanda ante el Tribunal Popular. .....Si la empresa se niega a presentar una demanda después de recibir una solicitud por escrito, o no presenta una demanda dentro de los treinta días posteriores a la recepción de la solicitud, o la situación es urgente y no presentar una demanda de inmediato causará pérdidas irreparables a intereses de la sociedad, se aplicará lo dispuesto en el párrafo anterior. Los accionistas tienen derecho a iniciar acciones judiciales directamente en nombre propio en beneficio de la sociedad. Los anteriores son los derechos de apelación de que gozan los accionistas. Sólo cuando una resolución social viole gravemente la ley o los procedimientos previstos en los estatutos de la sociedad, los accionistas podrán revocar la resolución. Si hay graves defectos de procedimiento en la reunión garantizada o en el proceso de votación, los accionistas, por supuesto, pueden tener derecho a apelar. Sin embargo, si se trata sólo de una cuestión de procedimiento, no pueden solicitar la revocación ante el tribunal y sólo pueden utilizar los canales de litigio mencionados anteriormente. . Además, si bien la resolución puede ser revocada y exigir responsabilidades a los intervinientes, sólo puede tratarse de un asunto interno de la empresa y no afectará a la eficacia de las garantías externas, salvo que exista mala fe manifiesta del garante o del avalado.