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El tema de la relación jurídica tributaria se refiere a

El sujeto de la relación jurídica tributaria se refiere a:

El sujeto de la ley tributaria se refiere a las partes que gozan de derechos y asumen obligaciones en la relación jurídica tributaria, incluidos los sujetos tributarios y los contribuyentes. El detalle es el siguiente:

1. La materia de derecho tributario se refiere al tema de las relaciones jurídicas tributarias. Cualquier organización o individuo puede convertirse en sujeto de derecho tributario sólo participando en relaciones jurídicas tributarias. En otras palabras, sólo cuando la relación tributaria se ajusta a la ley tributaria, sus participantes pueden convertirse en sujetos de derecho tributario;

2. Los sujetos de derecho tributario se refieren a las relaciones jurídicas tributarias portadoras de derechos y obligaciones. Como sujeto de derecho tributario, debe realizar actividades en nombre propio y asumir derechos y obligaciones de forma independiente. Por tanto, los contribuyentes, organizaciones y personas físicas encomendadas por autoridades fiscales, agentes fiscales, etc. No es sujeto de derecho tributario;

3. El sujeto de derecho tributario se refiere a las partes de la relación jurídica tributaria. En derecho administrativo y derecho procesal, las partes generalmente se refieren a personas que realizan actividades de aplicación de la ley y procesales en nombre propio con el fin de realizar el contenido determinado por los derechos y obligaciones sustantivos, con el objetivo de proteger derechos e intereses legítimos, y pueden causar la aparición, cambio o eliminación de actividades jurídicas de las personas.

Según la definición habitual del concepto de partes, las partes en el derecho tributario se refieren a quienes realizan actividades de recaudación de impuestos en nombre propio con el fin de hacer realidad sus derechos y obligaciones conforme a las leyes tributarias sustantivas, con el objetivo de proteger los intereses tributarios nacionales y los derechos e intereses legítimos, y las organizaciones y personas que puedan provocar el inicio, desarrollo y fin de las actividades recaudatorias.

Según esto, las partes del derecho tributario generalmente incluyen autoridades tributarias, contribuyentes, agentes de retención, garantes fiscales, etc. , y las personas encomendadas por las autoridades tributarias y los agentes tributarios de los contribuyentes, codeudores tributarios, testigos, tasadores, traductores, etc. no son partes en actividades tributarias, por lo que no pueden convertirse en sujetos de las leyes tributarias. De hecho, pertenecen a otros participantes en la relación jurídica tributaria.

Además, la relación jurídica tributaria en sentido estricto se refiere a la relación entre recaudación y pago de impuestos, que es específica y microscópica. Por lo tanto, no sólo el cuerpo legislativo en las actividades de legislación tributaria no pertenece al sujeto del derecho tributario, sino que también el país y el pueblo, como sujeto de posibles relaciones jurídicas constitucionales tributarias, no son sujeto del derecho tributario, o en un sentido amplio.