Regulaciones sobre el sistema River Chief en la provincia de Fujian
El sistema de jefes de río como se menciona en este reglamento se refiere al establecimiento de jefes de río en las aguas correspondientes, quienes son responsables de organizar y liderar el manejo y protección de las aguas correspondientes, estableciendo y mejorando un sistema de responsabilidad con el sistema de responsabilidad de los dirigentes del partido y del gobierno como núcleo, y construir un mecanismo con responsabilidades claras, coordinación ordenada, supervisión estricta y garantías sólidas.
Las aguas mencionadas en este reglamento incluyen ríos, embalses y otros cuerpos de agua. Artículo 3 Esta provincia implementa plenamente el sistema de jefes fluviales, cuyas tareas incluyen principalmente el fortalecimiento de la protección de los recursos hídricos, la gestión y protección de las riberas, la prevención de la contaminación del agua, la gestión del medio ambiente del agua, la restauración ecológica del agua, la supervisión de la aplicación de la ley, etc. Artículo 4 Los departamentos pertinentes de los gobiernos populares a nivel de condado o superior, de acuerdo con sus respectivas responsabilidades y de conformidad con la ley, fortalecerán la gestión y protección de las aguas bajo su jurisdicción e implementarán las tareas del sistema principal del río. Artículo 5 Los periódicos, la radio, la televisión, Internet y otros medios deben realizar publicidad y educación sobre la gestión y protección de las zonas hídricas, orientar a los ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones para que participen activamente en la gestión y protección de las zonas hídricas y la supervisión social, y crear un Buen ambiente para que toda la sociedad promueva conjuntamente el sistema de jefes fluviales. El artículo 6 alienta a las fuerzas sociales a participar en el trabajo relacionado con el sistema de jefes fluviales a través de financiación, donaciones, investigación científica y acciones voluntarias.
Los gobiernos populares a nivel de condado o superior deben elogiar y recompensar a las unidades e individuos que hayan realizado contribuciones destacadas al trabajo del sistema de jefes fluviales. Capítulo 2 Sistema de gestión Artículo 7 Esta provincia ha establecido un sistema de jefes fluviales de cuatro niveles basado en regiones administrativas y cuencas fluviales: provincia, ciudad, condado (ciudad, distrito), municipio (pueblo, calle). Artículo 8 El jefe de río provincial es responsable de organizar y dirigir el sistema de jefe de río de la provincia y el trabajo correspondiente de gestión y protección del área de agua, coordinar y resolver problemas importantes e instar a los departamentos pertinentes y a los jefes de río de nivel inferior a desempeñar sus funciones.
Los jefes de ríos de las ciudades y condados con distritos son responsables de organizar y liderar el sistema de jefes de ríos y el correspondiente trabajo de gestión y protección del agua dentro de sus respectivas regiones administrativas, coordinar y resolver problemas pendientes e instar a los departamentos y autoridades pertinentes. jefes de río en el siguiente nivel para desempeñar sus funciones.
Los jefes de ríos de los municipios y ciudades son responsables de coordinar, supervisar e implementar la gestión y protección de las aguas bajo su jurisdicción. Artículo 9 Las provincias, ciudades divididas en distritos, condados (ciudades, distritos) y municipios (pueblos, calles) establecerán oficinas principales de río (en lo sucesivo denominadas oficinas principales de río) de acuerdo con las regulaciones nacionales y provinciales pertinentes.
He Changban es específicamente responsable de organizar e implementar el trabajo diario de He Changban, y desempeña las siguientes responsabilidades:
(1) Llevar a cabo una coordinación, supervisión y evaluación integrales;
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(2) Llevar a cabo investigaciones de políticas y formular regulaciones de gestión específicas para la implementación del sistema de jefes fluviales;
(3) Organizar y establecer una plataforma de información sobre protección y gestión de ríos y lagos;
(4) Realizar capacitación empresarial y orientación técnica;
(5) Organizar publicidad y educación sobre el sistema de jefes fluviales;
(6) Otras funciones que debe realizarse. Artículo 10 Los niveles de condado y municipio contratarán administradores de ríos de acuerdo con las regulaciones pertinentes en función de las condiciones reales, como el número, el área y el peso de la tarea de las áreas de agua bajo su jurisdicción, y serán responsables de la investigación diaria y los informes de situación. de las áreas de agua correspondientes, y cooperar con los departamentos pertinentes en la aplicación de la ley en el sitio y actividades relacionadas con los ríos. Mediación de disputas relacionadas con el agua.
A través de la compra de servicios por parte del gobierno, los niveles de condado y municipio pueden confiar a agencias de servicios profesionales inspecciones diarias e informes de situación, limpieza y otros trabajos relacionados en las áreas de agua correspondientes. Artículo 11 Todas las localidades deben llevar a cabo una aplicación integral de la ley en el campo del medio ambiente ecológico de acuerdo con las regulaciones nacionales y provinciales pertinentes, y ejercer poderes administrativos de sanción en campos ecológicos y ambientales, como áreas relacionadas con ríos y aguas, de acuerdo con la ley. .
Alentar a todas las localidades a mejorar el mecanismo de vinculación judicial de los recursos del entorno ecológico y promover la conexión entre la aplicación de la ley administrativa relacionada con los ríos y la justicia penal. Capítulo 3 Mecanismo de Trabajo Artículo 12 Los jefes de los ríos en todos los niveles organizarán reuniones regionales de jefes de los ríos y reuniones de jefes de los ríos de cuenca según sea necesario para estudiar y decidir sobre acciones importantes para la gestión de los jefes de los ríos en sus respectivas jurisdicciones o áreas de agua, y coordinar y resolver cuestiones clave en Gestión y protección de zonas acuáticas. Preguntas difíciles. Artículo 13 Los jefes de ríos de todos los niveles inspeccionarán las aguas correspondientes de acuerdo con las siguientes disposiciones:
(1) Los jefes de ríos provinciales inspeccionarán las aguas de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes;
(2) Los jefes de ríos municipales a nivel de distrito deberán realizar inspecciones al menos una vez por trimestre;
(3) Inspecciones de ríos del condado al menos una vez al mes;
(4) Municipio Inspecciones fluviales No menos de una vez por semana.
Para aguas con una calidad deficiente y muchos problemas, se debe aumentar la frecuencia de las inspecciones. Artículo 14 Al inspeccionar los ríos, los jefes de los ríos en todos los niveles inspeccionarán la calidad del agua, el medio ambiente del agua, los proyectos relacionados con los ríos, la gestión y protección de las aguas bajo su jurisdicción según sea necesario, registrarán verazmente los resultados de la inspección y establecerán registros de inspección.
El registro de inspección debe indicar la hora, el lugar, el contenido principal de la inspección, los problemas descubiertos y su manejo. Artículo 15 Los jefes de ríos de los municipios coordinarán y supervisarán el manejo de los problemas o actos ilegales relacionados descubiertos durante las inspecciones; si la coordinación y la supervisión son ineficaces, informarán al jefe de ríos a nivel de condado o a la oficina del jefe de ríos a nivel de condado del distrito de agua.
Los jefes de los ríos a nivel de condado o superior manejarán los problemas descubiertos durante las inspecciones y otras cuestiones de protección y gestión del agua de acuerdo con las siguientes disposiciones:
(1) Coordinar y supervisar el manejo de los departamentos relevantes del gobierno popular en el mismo nivel Responsabilidades de los supervisores del río en el mismo nivel;
(2) Si es responsabilidad del jefe del río de nivel inferior, supervisar al jefe del río de nivel inferior para manejarlo;
(3) Si es responsabilidad del jefe superior de río, informarlo a la coordinación del jefe superior de río.