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Persona natural inversión holding persona jurídica

Análisis jurídico: Los accionistas de una empresa invertida o controlada por personas físicas pueden ser personas jurídicas. Una empresa se constituye con aportes de capital de los accionistas, quienes pueden ser personas naturales, personas jurídicas, organizaciones sin personalidad jurídica o países. Una persona física invierte en una persona jurídica holding. La primera es que todos los accionistas son personas físicas, lo que significa que todos los accionistas son personas físicas y no hay inversión empresarial. Esta es una sociedad de responsabilidad limitada privada. El segundo tipo es que los accionistas incluyen tanto a personas físicas como a personas jurídicas, es decir, algunos accionistas también tienen empresas en las que invertir. Esta es una sociedad de responsabilidad limitada.

Base jurídica: "Ley de Sociedades de la República Popular China"

Artículo 15 Una empresa puede invertir en otras empresas sin embargo, a menos que la ley disponga lo contrario, los inversores no tienen derechos o; intereses en la empresa invertida. No existe responsabilidad solidaria por las deudas.

Artículo 16 Cuando una sociedad invierta en otras empresas o proporcione garantías a otras, lo decidirá el consejo de administración o la asamblea de accionistas o la junta general de accionistas de conformidad con lo dispuesto en los estatutos de la sociedad. los estatutos de la empresa no limitarán la inversión total o el monto total de las garantías, así como la inversión individual o, si existe un límite en el monto de la garantía, no excederá el límite.

Si la empresa ofrece garantías a los accionistas de la empresa o a sus propios controladores, deberá ser resuelto por la asamblea de accionistas o junta general de accionistas.

Los accionistas previstos en el párrafo anterior o los accionistas controlados por el actual controlador previsto en el párrafo anterior no podrán participar en las votaciones de las materias previstas en el párrafo anterior. La votación deberá ser aprobada por más de la mitad de los derechos de voto que posean los demás accionistas presentes en la junta.