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¿Las ganancias de propiedad intelectual se consideran propiedad conjunta del marido y la mujer?

Análisis jurídico: Los ingresos por derechos de propiedad intelectual son propiedad conjunta del marido y la mujer. Los bienes de propiedad conjunta del marido y la mujer se refieren a los bienes de propiedad conjunta del marido y la mujer durante la existencia de la relación entre marido y mujer. La llamada duración de la relación entre marido y mujer se refiere al período que va desde el momento en que uno de los cónyuges se casa hasta el momento en que uno de los cónyuges muere o se divorcia. Los bienes adquiridos por el marido y la mujer durante este período pertenecerán a la propiedad conjunta del marido y la mujer, salvo acuerdo.

Base jurídica: “Código Civil de la República Popular China”

Artículo 1062 Son bienes comunes del marido y la mujer los siguientes bienes adquiridos por el marido y la mujer durante la relación matrimonial y Pertenecen al marido y a la mujer:

(1) Salarios, bonificaciones y remuneraciones por servicios laborales;

(2) Ingresos provenientes de la producción, operación e inversión;

(3) Rentas por derechos de propiedad intelectual;

(4) Bienes heredados o donados, salvo lo previsto en el párrafo 3 del artículo 1063 de esta Ley;

(5) Los demás propiedad que debería pertenecer a * * *.

El marido y la mujer tienen iguales derechos para disponer de los mismos bienes.

Artículo 1063 Son bienes muebles de uno de los cónyuges los siguientes bienes:

(1) Los bienes prematrimoniales de una de las partes;

(2) Los bienes de una de las partes adquirido debido a lesiones personales Compensación o compensación;

(3) Propiedad que se determina que pertenece solo a una de las partes en el testamento o contrato de donación;

(4) Necesidades diarias exclusivas de una de las partes ;

( 5) Otros bienes que deban pertenecer a una de las partes.

Artículo 1065: Hombres y mujeres podrán pactar que los bienes adquiridos durante el matrimonio y los bienes anteriores al matrimonio sean de su propiedad, en todo o en parte, o en parte. El acuerdo debe ser por escrito. Si no hay acuerdo o el acuerdo no es claro, se estará a lo dispuesto en los artículos 1062 y 1063 de esta Ley.

El acuerdo entre marido y mujer sobre los bienes adquiridos durante el matrimonio y los bienes antes del matrimonio es jurídicamente vinculante para ambas partes.

El marido y la mujer acuerdan que los bienes adquiridos durante el matrimonio serán propiedad del otro. Si la otra parte tiene conocimiento de este acuerdo, los bienes muebles de la pareja se utilizarán para saldar las deudas. la pareja.