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Requisitos previos para que el acuerdo de no competencia entre en vigor

Análisis jurídico: Se celebra un acuerdo de no competencia entre un empleador y un empleado. A los empleados no se les permite trabajar para un empleador que produce productos similares, opera negocios similares o tiene otras relaciones competitivas dentro de un cierto período de tiempo (hasta 2 años) después de renunciar, ni se les permite producir productos similares u operar negocios similares. con el empleador original. Sin embargo, esta cláusula es condicional, es decir, el empleador debe pagar una determinada cantidad de compensación. Esta cláusula no surte efecto si el empleador no paga la indemnización.

Base jurídica: El artículo 147 del Código Civil estipula que un actor tiene derecho a solicitar al tribunal popular o a la institución de arbitraje la cancelación de un acto jurídico civil basándose en un malentendido grave.

Artículo 148 del Código Civil: Si una parte utiliza medios fraudulentos para realizar un acto jurídico civil contrario a su verdadera intención, la parte defraudada tiene derecho a solicitar del tribunal popular o institución arbitral la anulación del acto. .

Artículo 149 del Código Civil: Un tercero comete fraude, haciendo que una de las partes realice un acto jurídico civil contrario a su verdadera intención. Si la otra parte sabe o debería saber del fraude, la parte defraudada tiene derecho a solicitar al tribunal popular o institución de arbitraje que lo cancele.

Artículo 150 del Código Civil: Si una parte o un tercero obliga a la otra parte a realizar un acto jurídico civil en contra de su verdadera intención, la parte coaccionada tiene derecho a solicitar al tribunal popular o institución arbitral para Deshacer.

El artículo 151 del Código Civil establece que si una parte se aprovecha de la situación crítica de la otra y carece de juicio, haciendo que el acto jurídico civil sea injusto al establecerse, la parte perjudicada tiene derecho a solicitar al tribunal popular o institución de arbitraje que deshaga.