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El alcance y procedimientos de las audiencias tributarias

Ámbito de aplicación de las audiencias: Antes de que los organismos administrativos tomen decisiones sobre sanciones administrativas tales como ordenar la suspensión de la producción y las operaciones comerciales, revocar permisos y licencias o imponer multas cuantiosas, se informará a las partes interesadas de su derecho a solicitar una audiencia; partes solicitan una audiencia, la agencia administrativa organizará una audiencia.

El procedimiento es el siguiente: Si una parte solicita una audiencia, deberá presentarla dentro de los tres días siguientes a la notificación por parte de la agencia administrativa, la agencia administrativa deberá notificar a la parte la hora y lugar de la audiencia; siete días antes de la audiencia.

¿Cuáles son las condiciones de audiencia de sanciones administrativas tributarias?

Las condiciones para las audiencias de sanciones administrativas tributarias son las siguientes:

(1) Las audiencias de sanciones administrativas tributarias deben seguir los principios de legalidad, equidad, apertura, oportunidad y conveniencia;

(2) Alcance de las audiencias de sanciones administrativas fiscales Antes de que las autoridades fiscales impongan una multa de más de 2.000 yuanes (inclusive) a un ciudadano o una multa de más de 10.000 yuanes (inclusive) a una persona jurídica u otra organización, deben entregará un aviso de sanción administrativa tributaria al interesado, informándole los hechos de la infracción, las pruebas, el fundamento jurídico de las sanciones administrativas y las sanciones administrativas propuestas, e informará de la solicitud de audiencia.

Audiencia se refiere al procedimiento en el que los órganos administrativos escuchan las declaraciones, defensa y contrainterrogatorio de la contraparte administrativa antes de tomar las decisiones administrativas pertinentes. La audiencia es un procedimiento legal importante para escuchar las opiniones de las partes interesadas.

Base Legal

Ley Sancionadora Administrativa

Artículo 42 La audiencia se organiza de acuerdo con los siguientes procedimientos:

(1) Las partes solicitar una audiencia Si el caso es notificado por la agencia administrativa, deberá presentarse dentro de los tres días siguientes a que la agencia administrativa lo notifique;

(2) La agencia administrativa notificará a las partes la hora y el lugar de la audiencia siete días antes de su celebración; (3) Excepto cuando se trate de secretos de estado, comerciales. Excepto por confidencialidad o privacidad personal, la audiencia se llevará a cabo en público;

(4) La audiencia será presidido por personas distintas a los investigadores del caso designados por los órganos administrativos si las partes creen que el funcionario que preside tiene un interés directo en el caso, tienen derecho a aplicar la Recusación;

(5) El las partes podrán asistir a la audiencia en persona o designar a una o dos personas como agentes;

(6) Durante la audiencia, los investigadores presentarán los hechos de las partes, las pruebas y las sugerencias de sanciones administrativas que las partes harán; defensas y contrainterrogatorios;

(7) Se hará una transcripción de la audiencia; una vez verificada que la transcripción es correcta, será firmada o sellada por la parte interesada.

Si los interesados ​​tuvieran objeciones a sanciones administrativas que restrinjan la libertad personal, se seguirán las disposiciones pertinentes de la "Ley de Sanciones de la Administración de Seguridad Pública".