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Disposiciones legales para la devolución del anticipo por parte de los salones de belleza

Subjetividad legal:

Si un salón de belleza no proporciona bienes o servicios según lo acordado, deberá cumplir el acuerdo o devolver el pago por adelantado de acuerdo con los requisitos del consumidor, y retrasa deliberadamente o rechaza injustificadamente la solicitud del consumidor. Para reparación, reelaboración, reemplazo, si se requiere una devolución, se reembolsará el costo y, en otras circunstancias que dañen los derechos e intereses de los consumidores, el consumidor será responsable de una compensación.

Objetividad jurídica:

Artículo 48 de la Ley de Protección de los Derechos del Consumidor: Si un operador proporciona bienes o servicios en cualquiera de las siguientes circunstancias, salvo disposición en contrario de esta ley, la responsabilidad civil será serán asumidos de acuerdo con las disposiciones de otras leyes y regulaciones relevantes: (7) El contenido y las tarifas del servicio violan el acuerdo (8) Retrasar deliberadamente o rechazar injustificadamente la solicitud del consumidor de reparación, reelaboración, reemplazo, devolución o reposición del; cantidad de bienes, Solicitudes de devolución del pago de bienes y servicios o compensación por pérdidas (9) Otras situaciones que lesionen los derechos e intereses de los consumidores según lo prescrito por las leyes y reglamentos; Si un operador no cumple su obligación de proteger la seguridad de los consumidores y les causa daños, asumirá la responsabilidad extracontractual. Artículo 53 de la Ley de Protección de los Derechos del Consumidor: Cuando los operadores proporcionen bienes o servicios por adelantado, deberán proporcionarlos según lo acordado. Si no se proporciona de conformidad con el contrato, el contrato se cumplirá de acuerdo con los requisitos del consumidor o se devolverá el anticipo y correrán con los intereses del anticipo y los gastos razonables que deba pagar el consumidor; .