¿Cómo establece la ley la custodia de los hijos de divorciados?
Base jurídica:
"Varias opiniones específicas del Tribunal Popular Supremo sobre el manejo por los tribunales populares de las cuestiones de manutención de los hijos en los casos de divorcio" 1. Los niños menores de dos años generalmente viven con sus padres. La madre puede vivir con el padre en las siguientes circunstancias:
(1) Padecer enfermedades infecciosas u otras enfermedades graves que no puedan curarse durante mucho tiempo y los hijos no sean aptos para vivir con ellos;
(2) Existen condiciones para criar a los niños, pero los padres exigen que los niños vivan con ellos;
(3) Por otras razones, los niños no pueden vivir con sus padres. .
2. Si ambos padres están de acuerdo en que los niños menores de dos años puedan vivir con sus padres y ello no tendrá ningún efecto adverso en el crecimiento saludable de los niños, se permite.
3. Para los hijos menores de dos años, se requiere que ambos padres vivan con ellos. Podrán tener prioridad quienes tengan alguna de las siguientes circunstancias:
(1) Haber sido esterilizadas o haber perdido la fertilidad por otros motivos;
(2) Los hijos hayan vivido durante desde hace mucho tiempo y han cambiado de residencia, el entorno obviamente no es propicio para el crecimiento saludable de los niños;
(3) No hay otros niños y la otra parte tiene otros niños;
(4) Los niños viven con ellos, lo que favorece su crecimiento. La otra parte sufre de una enfermedad infecciosa u otra enfermedad grave que no se puede curar durante mucho tiempo, o tiene otras condiciones que son perjudiciales para su o su salud física y mental, y no es apto para vivir con los niños.
5. Si los padres tienen una disputa sobre la convivencia de los padres con su padre o su madre, los padres deben considerar las opiniones de los hijos menores de ocho años.
6. Bajo la premisa de proteger los intereses de los niños, se permite si los padres acuerdan turnarse para criar a los niños.