Red de Respuestas Legales - Directorio de abogados - ¿Cuáles son las políticas para el comercio electrónico?

¿Cuáles son las políticas para el comercio electrónico?

1. "Ley Modelo de la CNUDMI sobre Comercio Electrónico" y "Reglas Uniformes sobre Firmas Electrónicas"

El 14 de junio de 1996, la 29ª Sesión Anual de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional adoptó la "Ley Modelo sobre Comercio Electrónico" Comercio Electrónico”. La ley modelo permite a las partes comerciales comunicar información, firmar contratos de venta y transferir la propiedad de bienes a través de medios electrónicos. De este modo, los mensajes de datos que en el pasado no tuvieron ningún efecto jurídico serán reconocidos por la ley del mismo modo que los documentos escritos. La aprobación de esta ley proporciona garantía jurídica para la realización de "operaciones sin papel" en el comercio internacional.

En su conjunto, la "Ley Modelo sobre Comercio Electrónico" desarrollada por la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional durante un período de cinco años pertenece al tipo de ley básica sobre comercio electrónico y se divide en dos partes: disposiciones generales y disposiciones específicas. Las Disposiciones Generales se centran en el efecto jurídico de los mensajes de datos y establecen disposiciones básicas sobre el concepto, el efecto jurídico, el envío y la recepción de mensajes de datos y su propiedad.

(1) Contenido principal de la “Ley Modelo de Comercio Electrónico”

La “Ley Modelo de Comercio Electrónico” se divide en dos partes. La primera parte trata aspectos generales del comercio electrónico y cuenta con tres capítulos y 15 artículos, mientras que la segunda parte tiene solo un capítulo con dos artículos y trata del comercio electrónico utilizado en el transporte de mercancías.

El Capítulo 1 “Condiciones Generales” incluye cuatro cláusulas: ámbito de aplicación, definiciones, interpretación y modificación del acuerdo. El Capítulo 2 “Requisitos Legales para la Aplicación de Mensajes de Datos” incluye el reconocimiento legal, forma escrita, firma, original, admisibilidad y validez probatoria de los mensajes de datos, así como la conservación de los mensajes de datos. El Capítulo 3 “Transmisión de Mensajes de Datos” incluye; cinco Términos: formación y eficacia del contrato, reconocimiento por las partes del mensaje de datos, titularidad, confirmación, recepción, hora y lugar de envío y recepción del mensaje de datos.

(1) Ámbito de aplicación: Esta ley se aplica a cualquier información en forma de mensajes de datos utilizados en actividades comerciales. Incluye diversos medios de comunicación basados ​​en tecnología electrónica para generar, almacenar o transmitir información, y no se limita a formas o medios específicos. La ley considera "negocios" todas las cuestiones que surgen de toda relación comercial, ya sean contractuales o extracontractuales. Las relaciones de naturaleza comercial incluyen, entre otras, las siguientes transacciones: cualquier transacción comercial para el suministro o intercambio de bienes o servicios, acuerdo de distribución, representación o agencia comercial, agencia de cuentas de clientes, arrendamiento, construcción de fábrica, consultoría, ingeniería. diseño, licencia comercial, inversión, financiación, banca, seguros, acuerdos o concesiones de desarrollo, empresas conjuntas u otras formas de cooperación industrial o comercial, así como el transporte de pasajeros y mercancías por vía aérea, marítima, ferroviaria o por carretera.

(2)Definición. "Mensaje de datos" significa información generada, almacenada o transmitida por medios electrónicos, medios ópticos o medios similares, incluidos, entre otros, el intercambio electrónico de datos, correo electrónico, telegrama, télex o fax. "Intercambio electrónico de datos (EDI)" se refiere al; Transmisión electrónica de información entre computadoras utilizando estándares acordados para especificar la estructura de la información. El "generador" de un mensaje de datos puede determinarse como: (a) la persona que envía o genera el mensaje de datos; (b) la persona en cuyo nombre se envía o genera el mensaje de datos; mensaje de datos; (d) pero no incluye a una persona que actúa como intermediario en el procesamiento de mensajes de datos. El "destinatario" de un mensaje de datos se refiere a la persona a quien el emisor pretende que reciba el mensaje de datos. "Intermediario", con respecto a un mensaje de datos particular, significa una persona que envía, recibe o almacena el mensaje de datos en nombre de otra persona o proporciona otros servicios relacionados con el mensaje de datos. "Sistema de información" significa una persona que genera, envía, recibe, almacena o procesa de otro modo mensajes de datos.

(3) Reconocimiento legal de los mensajes de datos. El artículo 5 estipula que no se negará el efecto jurídico, la validez o la aplicabilidad de una información simplemente porque tenga la forma de un mensaje de datos. Los mensajes de datos no deberían ser objeto de discriminación y los mensajes de datos y los documentos escritos deberían recibir el mismo trato.

(4) Requisito de forma escrita. El artículo 6 de la Ley Modelo establece que cuando la ley exige que la información esté por escrito, o prevé las consecuencias de no hacerlo, ese requisito se cumple siempre que la información contenida en el mensaje de datos pueda recuperarse para referencia futura. .

Sabemos que los mensajes de datos no impresos generados por el comercio electrónico son muy diferentes de los documentos escritos tradicionales. Incluyen contratos escritos, acuerdos, facturas, recibos y otros documentos escritos, que se expresan en papel y texto tangibles y tienen una característica tangible. Si el documento se puede leer, se puede firmar con un bolígrafo para demostrar que es legal y válido. La información de los datos se expresa a través de la computadora llamando a la información del archivo almacenado en el disco y usando el texto que se muestra en la pantalla. El medio para los archivos electrónicos es el disco duro de una computadora o un disquete. La CNUDMI ha ampliado la definición de “escrito” en la ley para incluir datos electrónicos como escrito. Este enfoque puede denominarse equivalencia funcional, es decir, cualquier cosa que cumpla la función de una forma escrita, ya sea "papel" o "datos electrónicos", puede considerarse una forma escrita. Puede verse que el requisito más básico de la Ley Modelo para los mensajes de datos es que la información pueda leerse o copiarse.