Red de Respuestas Legales - Directorio de abogados - La vigilancia residencial se llevará a cabo en la residencia del sospechoso o acusado de un delito. Si no hay una residencia fija, se podrá realizar en una residencia designada.

La vigilancia residencial se llevará a cabo en la residencia del sospechoso o acusado de un delito. Si no hay una residencia fija, se podrá realizar en una residencia designada.

Análisis legal: Las condiciones especiales aplicables a la vigilancia residencial en una residencia designada se refieren a las condiciones adicionales que deben cumplirse cuando se inicia la vigilancia residencial en una residencia designada. Hay dos situaciones principales: en primer lugar, el sospechoso o acusado de un delito no tiene residencia fija; en segundo lugar, con la aprobación de la Fiscalía Popular del nivel inmediatamente superior o del órgano de seguridad pública, se sospechan delitos que ponen en peligro la seguridad nacional, delitos terroristas y sobornos especialmente graves. Los delitos podrán cometerse en su residencia. El primero es que los sospechosos y acusados ​​carecen de condiciones personales y no tienen una residencia fija, por lo que objetivamente es imposible realizar vigilancia residencial. Por lo tanto, la vigilancia residencial en una residencia designada se convierte en un método complementario; tienen residencias fijas y objetivamente pueden ser colocados bajo vigilancia residencial. Sin embargo, cuando se trata de casos triples, la implementación de vigilancia residencial en la residencia dificulta la investigación, que se ha convertido en un método necesario para el buen desarrollo de las actividades de investigación.

Base jurídica: El artículo 75 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal se ejecutará en el domicilio del sospechoso o imputado; si no hubiere domicilio fijo, la ejecución podrá realizarse en el domicilio designado. En el caso de delitos sospechosos de poner en peligro la seguridad nacional o actividades terroristas, si la ejecución en la residencia puede obstaculizar la investigación, la ejecución también podrá llevarse a cabo en la residencia designada con la aprobación del órgano de seguridad pública del nivel inmediatamente superior. Sin embargo, no se realizará en lugares de detención ni en lugares especializados en tramitación de casos. Si la vigilancia residencial se lleva a cabo en un lugar designado, los familiares bajo vigilancia residencial deben ser notificados dentro de las 24 horas posteriores a la implementación de la vigilancia residencial, a menos que la notificación no sea posible. Lo dispuesto en el artículo 34 de esta Ley se aplicará a los sospechosos e imputados de delitos que se encuentren bajo vigilancia domiciliaria y se les encomiende un defensor. La Fiscalía Popular supervisará la legalidad de la decisión y la implementación de la vigilancia residencial en un lugar designado.