¿Cómo firmar un contrato electrónico para que tenga efectos jurídicos?
La firma de un contrato electrónico es diferente a un contrato en papel y no requiere impresión ni firmas y sellos manuscritos. Aunque todo el proceso es online, todavía hay bastantes roles involucrados, y estos roles juegan un papel importante para que la firma electrónica sea efectiva. Por ejemplo, las plataformas de firma electrónica de terceros y las instituciones de CA deben autenticar las identidades de los usuarios, y las plataformas de firma electrónica de terceros también deben proporcionar tecnología de firma electrónica confiable para garantizar la validez de las firmas electrónicas. Finalmente, la plataforma de firma electrónica de terceros también debe proporcionar servicios legales como almacenamiento y emisión de certificados y arbitraje en línea para satisfacer las diversas necesidades de los usuarios en almacenamiento de contratos electrónicos, disputas contractuales, etc.
En segundo lugar, la validez de los contratos electrónicos
Como forma especial de contrato, para la validez de los contratos electrónicos se requieren las siguientes condiciones legales:
1. Ambas partes del contrato Para dos o más partes.
El contratante se refiere a la persona que efectivamente celebra el contrato. Puede ser una futura parte del contrato o un agente de la parte del contrato. En cuanto a la validez de los contratos electrónicos celebrados por personas físicas sin la correspondiente capacidad civil, algunos consideran que desde la perspectiva de proteger los intereses de la parte no culpable, las personas sin capacidad o con capacidad limitada que utilizan las telecomunicaciones deben ser consideradas personas con capacidad.
Pero esto sin duda fomentará la aparición y proliferación de comportamientos irresponsables en Internet. No sólo no se cumplirá la intención original de proteger a la parte inocente, sino que también perjudicará los intereses de ambas partes. también está relacionado con la falta de capacidad para la conducta civil y las restricciones a la conducta civil. El propósito del sistema de capacidad es inconsistente. Por lo tanto, un contrato electrónico en el que una de las partes carece de la correspondiente capacidad civil también debe considerarse inválido o de validez indeterminada.
2. Electrónica significa realidad.
Es decir, utilizar sistemas de procesamiento de información o ordenadores para expresar el verdadero significado. La expresión de la voluntad consta de dos elementos: el elemento subjetivo del significado interno y el elemento objetivo de la expresión externa de esta conciencia. Sin embargo, con el desarrollo de la ciencia y la tecnología, las partes pueden expresar ofertas o compromisos de manera mecánica o automática.
Con el desarrollo actual de Internet, los programas informáticos o los hosts "expresan su voluntad" dentro del alcance de su programación, mientras que las partes involucradas no participan en absoluto en el proceso de expresión de su voluntad. Este es un "agente electrónico". Un agente electrónico debe representar de forma independiente el testamento de un individuo o aceptar el testamento de un individuo, y el individuo representado debe asumir las responsabilidades legales correspondientes.
3. El establecimiento de un contrato debe tener dos etapas: oferta y aceptación.
La forma de celebrar un contrato en nuestro país debe pasar por dos etapas: oferta y aceptación para llegar a la expresión de intención acordada. La oferta de un contrato electrónico se refiere a la expresión de intención de un ideólogo de celebrar un contrato con otros a través de Internet. Los compromisos adquiridos a través de Internet suelen ser en respuesta a una oferta hecha en Internet.
El donante puede realizar una donación por correo electrónico o haciendo clic. Si la negociación se realiza únicamente en línea, pero el compromiso se realiza fuera de línea mediante firma cara a cara o por teléfono y telegrama, entonces sigue siendo un compromiso en la formación de un contrato general, no un compromiso en el establecimiento de un contrato electrónico.