Edad de jubilación legal para los trabajadores varones
Análisis Legal
Normas de jubilación: 1. Los hombres deben tener más de 60 años, las mujeres deben tener más de 50 años y tener diez años consecutivos de servicio. 2. Los hombres deben tener más de 50 años; tener más de 55 años, y las mujeres deben tener más de 50 años Las que tengan más de 45 años y hayan trabajado de forma continua durante diez años, y se dediquen a trabajos físicos subterráneos, a gran altitud, a altas temperaturas, especialmente pesados, o. otras operaciones nocivas; 3. Los hombres mayores de 50 años y las mujeres mayores de 45 años que hayan trabajado ininterrumpidamente durante diez años, aquellos que hayan perdido completamente la capacidad para trabajar podrán jubilarse previa certificación de la autoridad competente. hospital y confirmado por el Comité de Evaluación Laboral. Podrán jubilarse los cuadros de órganos del partido y del gobierno, organizaciones de masas, empresas e instituciones que cumplan una de las siguientes condiciones. (1) El hombre tiene más de 60 años, la mujer tiene más de 55 años y ha participado en la labor revolucionaria durante más de diez años; (2) El hombre tiene más de cincuenta años y la mujer tiene más de 45 años; ha participado en el trabajo revolucionario durante más de diez años y ha sido identificado por el hospital. Pérdida total de la capacidad para trabajar (3) Estar discapacitado debido al trabajo y ser certificado por el hospital como si hubiera perdido completamente la capacidad para trabajar; Se jubilarán los trabajadores de empresas e instituciones de propiedad de todo el pueblo, organismos del partido y del gobierno y organizaciones de masas que cumplan una de las siguientes condiciones. Los hombres deben tener más de 60 años, las mujeres deben tener más de 50 años y tener diez años consecutivos de servicio.
Base Legal
Resolución del Comité Permanente de la APN sobre la Aprobación de las "Medidas Provisionales del Consejo Estatal sobre Jubilación y Renuncia de Trabajadores" Artículo 1: Empresas e instituciones de propiedad colectiva Pueblo, organismos del partido y del gobierno y organizaciones de masas. Se jubilarán los trabajadores que cumplan una de las siguientes condiciones. (1) Los hombres deben tener más de 60 años, las mujeres deben tener más de 50 años y tener diez años consecutivos de servicio. (2) Quienes se dediquen a trabajos físicos subterráneos, a gran altitud, a altas temperaturas, particularmente pesados u otros trabajos nocivos para la salud, hombres mayores de cincuenta y cinco años, mujeres mayores de cuarenta y cinco años, y tengan diez años consecutivos. de servicio. Esta disposición también se aplica a los cuadros de base cuyas condiciones de trabajo sean las mismas que las de los trabajadores. (3) Los hombres tienen más de 50 años, las mujeres tienen más de 45 años, han trabajado continuamente durante diez años, han sido certificados por el hospital y confirmados por el Comité de Evaluación Laboral y han perdido por completo la capacidad para trabajar. (4) Quienes estén incapacitados para el trabajo y hayan sido certificados por el hospital y determinados por el Comité de Evaluación Laboral como que han perdido completamente la capacidad para trabajar.